Page 19 - 002 Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública
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Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, artículo 49 párrafo
segundo, que a la letra dice:

           Artículo 49 párrafo segundo. “El registro en el padrón será obligatorio para los Proveedores que pretendan participar en
           las modalidades de compra directa menor, adjudicación directa, invitación restringida, invitación abierta estatal y licitación
           pública estatal. Para los procedimientos de Licitación Pública Nacional o Internacional, el registro no será un requisito de
           participación”.

RESULTADO: AF-08 CON OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, relativa a las partidas
“Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, ejercidas con recursos provenientes de las
fuentes de financiamiento AACAA0317 5 Al Millar (Estatal) y AACAA0322 5 Al Millar (Estatal), se constató
que se contrataron Despachos de Auditoría Externa, bajo las modalidades de Adjudicación Directa por
excepción a la Licitación Pública e Invitación Restringida, por un importe total de $4,669,800.00 (Cuatro
millones seiscientos sesenta y nueve mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), observándose lo siguiente:

Adjudicación Directa por excepción a la Licitación Pública (Anexo DAE-AF-04).
1. No presentó el Procedimiento de Designación del Despacho de Auditoría Externa con número de control

       interno DDAE/002/2022, que realizó la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión de Obra.
2. No presentó el oficio de autorización de folio número SCTG/OS/0632/2022 y oficio de autorización de

       traspaso interinstitucional de número SF/SECYT/DP/CPIP/ME/3035/2022 relativos a la ampliación de la
       Fuente de Financiamiento AACAA0317.
3. El oficio de solicitud de dictamen para procedimiento de contratación número SCTG/OS/322/2022 de
       fecha 7 de abril de 2022, así como el Contrato GEO/SCTG/DA/CAEASEO/AD-002/2022, señalan que la
       partida presupuestal afectada es la 119003-17103000009-331321AACAA0322 con partida específica
       Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados por un monto de $4,300,000.00 (Cuatro
       millones trescientos mil pesos 00/100 M.N.); observándose que el servicio se pagó con dos fuentes de
       financiamiento, con la AACAA0317 por un importe de $2,800,000.00 (Dos millones ochocientos mil pesos
       00/100 M.N.) y con la fuente AACAA0322 por un importe de $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos
       00/100 M.N.).
4. Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet no contienen dentro del concepto, la leyenda "Secretaría
       de Contraloría y Transparencia Gubernamental", como lo indica el contrato
       GEO/SCTG/DA/CAEASEO/AD-002/2022 en la cláusula segunda, párrafo noveno.
5. No presentó la Notificación de inicio de auditoría por parte del Despacho como lo establece el Anexo 1 del
       Contrato GEO/SCTG/DA/CAEASEO/AD-002/2022 de fecha 13 de abril de 2022, numeral 3, párrafo
       tercero último punto.

Invitación Restringida (Anexo DAE-AF-04).
1. No se llevó a cabo el Procedimiento de Designación del Despacho de Auditoría Externa por parte de la

       Subsecretaría de Auditoría y Supervisión de Obra, conforme a lo establecido en los "Lineamientos que
       deberán observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, para la Designación,
       Contratación, Control y Evaluación del Desempeño de los Despachos de auditores Externos".

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