Page 50 - 016 Santa María Chilchotla
P. 50

Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Municipio de Santa
María Chilchotla, Distrito de Teotitlán Oaxaca, comprobar, justificar, aclarar la cantidad de $663,096.57
(Seiscientos sesenta y tres mil noventa y seis pesos 57/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla
en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación
que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/492/2023, se notificó el día 09 de octubre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El Municipio de Santa María Chilchotla Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, mediante oficio número MSMC/S/N-2023 de fecha 30 de octubre de 2023, suscrito por el C.
Alejandro Martínez Escobedo, presidente Municipal dirigido al director de Auditoria Municipal A, como consta en
el acta circunstanciada de fecha treinta de octubre del dos mil veintitrés, presentó la siguiente información:

Respecto a la sub-subcuenta 51221-2531 MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE
APLICACIÓN HUMANA, de los pagos en cantidad de $663,096.57 (Seiscientos sesenta y tres mil noventa y
seis pesos 57/100 M.N.). Presentó: documentación justificativa del gasto referente a requerimientos solicitud,
autorizaciones para el material, constancia de recepción del material, contratos de los materiales y productos
farmacéuticos, cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SEG-12.

Por lo anterior y una vez analizada la documentación presentada, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
de Oaxaca, determina que subsiste la observación, por lo que se emite:

Pliego de Observaciones.
2022- OA/CPM/016/2023-PO-11

Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, presente
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación que compruebe, justifique,
aclare o reintegre la cantidad de $663,096.57 (Seiscientos sesenta y tres mil noventa y seis pesos 57/100
M.N.), lo relativo a:

En relación a la sub-subcuenta 51221-2531 MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE
APLICACIÓN HUMANA, se observó que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados
con la documentación justificativa del gasto relativa al requerimiento de los medicamentos y productos
farmacéuticos, autorización correspondiente para la adquisición, constancia de recepción, evidencia del uso y
destino del recurso y el proceso de contratación, cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SEG-12.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42, 43, 67
párrafos primero, 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 120; Reglamento De
la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero, que a la letra dice:

48
   45   46   47   48   49   50   51   52   53   54   55