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MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA OSFE-MP-02-2021
4.1.10. PROCEDIMIENTOS DE LA AUDITORÍA ESPECIAL DE SEGUIMIENTO E
INVESTIGACIÓN A MUNICIPIOS.
01 Seguimiento a los resultados finales y observaciones preliminares de los Municipios fiscalizados.
1. Nombre del procedimiento: Seguimiento a los resultados finales y observaciones preliminares de los
Municipios fiscalizados.
2. Unidad administrativa responsable: Dirección de Seguimiento e Investigación a Municipios “A” o Dirección
de Seguimiento e Investigación a Municipios “B”.
3. Unidad administrativa de adscripción: Auditoría Especial de Seguimiento e Investigación a Municipios.
4. Objetivo:
Supervisar, analizar y dar seguimiento a las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas que se
deriven de la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas Municipales.
5. Alcance:
Aplica a los Municipios, fideicomisos, personas físicas o morales, públicas o privadas que administren recursos
públicos municipales.
6. Marco Jurídico:
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
• Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca.
• Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca.
• Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
• Acuerdo por el que se expiden los criterios relativos a la ejecución de auditorías del Órgano Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca.
• Manual de Organización del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
7. Responsables:
• Titular.
• Auditor Especial de Seguimiento e Investigación a Municipios.
• Director de Seguimiento e Investigación a Municipios “A”.
• Jefe de Departamento de Seguimiento A-1.
• Jefe de Departamento de Seguimiento A-2.
• Director de Seguimiento e Investigación a Municipios “B”.
• Jefe de Departamento de Seguimiento B-1.
• Jefe de Departamento de Seguimiento B-2.
• Auditores.
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