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Fracción XIV: Autorizar la publicación del Reglamento Interno, previa revisión y validación de la Secretaría de Administración y
           la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, así como la publicación de los manuales administrativos, previa revisión y
           validación de la Secretaría de Administración.”

           Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración de Manuales de Organización de las Dependencias y
           Entidades de la Administración Pública Estatal

           Anexo único, fracción IV, numeral 6: “Las Dependencias y Entidades deberán actualizar su Manual de Organización cuando se
           modifique el marco Jurídico en el que fundamenten sus atribuciones y/o facultades, sufran cambios en su estructura orgánica,
           en las atribuciones o funciones, siguiendo el mismo proceso establecido en estos lineamientos.”

           Lineamientos para la Elaboración de Manuales de Procedimientos de las Dependencias y Entidades de la Administración
           Pública Estatal

           Anexo único, fracción IV, numeral 6: “Las Dependencias y Entidades deberán actualizar su Manual de Procedimientos cuando
           se modifique el marco Jurídico en el que funden sus atribuciones y/o facultades, sufran cambios en su estructura orgánica, en
           las atribuciones o funciones y cuando sea necesario derivado del resultado del proceso de simplificación administrativa y/o de
           mejora continua, siguiendo el mismo proceso establecido en estos lineamientos.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Comisión Estatal
del Agua para el Bienestar, antes Comisión Estatal del Agua, justificar o aclarar, conforme a las observaciones
que se detallan en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de
la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y
documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2361/2023, se notificó el día 05 de octubre de 2023, los Resultados
Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles,
presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

La Comisión Estatal del Agua para el Bienestar, antes Comisión Estatal del Agua, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número CEABIEN/CASyED/0508/2023 de fecha 30 de octubre
de 2023, como consta en el acta circunstanciada de fecha 31 de octubre de 2023, presentó la siguiente
documentación y/o información:

      • Cédula de aclaración al resultado, autorizada por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos, a
            través de la cual refiere las documentales presentadas.

Así mismo, presentó CD-R certificado que contiene la siguiente información:

      • Fichas técnicas del Programa de Trabajo de Control Interno 2023.
      • Oficio número SHTFP/SASO/DCIGP/165/2023 de fecha 10 de febrero de 2023, por medio del cual la

            Directora de Control Interno de la Gestión Púbica de la Secretaría de Honestidad, Transparencia y
            Función Pública, remite al Director General de la Comisión Estatal del Agua para el Bienestar, los
            Resultados de Evaluación al Programa de Trabajo de Control Interno 2023.
      • Informe de Resultados de la Revisión al Programa de Trabajo de Control Interno.
      • Oficio número CEABIEN/DG/0405/2023 de fecha 25 de julio de 2023, mediante el cual el Director
            General de la Comisión Estatal del Agua para el Bienestar, solicita al Secretario de Administración
            realizar la actualización y cambio del logo de la Estructura Orgánica.

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