Page 31 - Santo Domingo Albarradas
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                        REGISTRADO EN EL INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES                        REGISTRO                                             INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                                                                                                            SEGÚN
      NUM   CONCEPTO DE BIEN                         NÚMERO                                 VALOR DE                PÓLIZA DE  OBSERVACIONES
INVENTARIO       REGISTRADO                              DE                                 REGISTRO    INVENTARIO  REGISTRO
                                    MARCA   MODELO             OBSERVACIONES                           PRESENTADO
                                                       SERIE                                           POR EL ENTE

            SUMINISTRO          DE                       SIN   SUMINISTRO          DE                                          NO REGISTRÓ LA
                                                     NUMERO                                                                    MARCA, MODELO Y
5690300012  SEÑALAMIENTO        DE     SIN      SIN  DE SERIE  SEÑALAMIENTO        DE        1,811.77  1,811.77 D-000001       NÚMERO DE SERIE
                                    MARCA   MODELO                                           1,811.77  1,811.77 D-000001
            INFORMACIÓN PREVENTIVO                             INFORMACIÓN PREVENTIVO                                          NO REGISTRÓ LA
                                       SIN                                                                                     MARCA, MODELO Y
            OD-11 DE 46X60 CM.      MARCA                      OD-11 DE 46X60 CM 01 DE 02.                                     NÚMERO DE SERIE

            SUMINISTRO          DE                       SIN   SUMINISTRO          DE
                                                     NUMERO
5690300013  SEÑALAMIENTO        DE              SIN  DE SERIE  SEÑALAMIENTO        DE
                                            MODELO
            INFORMACIÓN PREVENTIVO                             INFORMACIÓN PREVENTIVO

            OD-11 DE 46X60 CM.                                 OD-11 DE 46X60 CM 02 DE 02.

c)	 De la verificación a la información de los bienes muebles contenida en el inventario presentado
    por la Entidad Fiscalizable, se constató que no clasificó un bien correctamente; como se detalla
    a continuación:

            REGISTRADO EN EL INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES                        REGISTRO SEGÚN
                                                                                                 INVENTARIO
      NUM   CONCEPTO DE BIEN                     NÚMERO                            VALOR DE                         PÓLIZA DE  OBSERVACIONES
INVENTARIO       REGISTRADO                      DE SERIE                          REGISTRO  PRESENTADO POR         REGISTRO
                                MARCA    MODELO                OBSERVACIONES                         EL ENTE

                                                 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
                                                   MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION
                                                        MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA

5110100009  MAQUINA DE          olympia     sin  sin numero  MAQUINA DE            1,710.00            1,710.00 D-000001       NO REGISTRÓ
            ESCRIBIR MECANICA            modelo    de serie  ESCRIBIR MECANICA                                                 EL MODELO Y
                                                             PARA SECRETARIA                                                   NÚMERO DE SERIE
                                                             MUNICIPAL

d)	De la revisión al contenido del inventario de bienes inmuebles al 31 de diciembre de 2022
    integrado en la Cuenta Pública Municipal, se identificó que incluye los bienes con números
    de inventario “03020110001 CONSTRUCCIOND E COMEDOR COMUNITARIO” [sic]; y
    “03020201001 MEJORAMIENTO DE COMEDOR COMUNITARIO EN SANTO DOMINGO
    ALBARRADAS” y por el tipo de registro se aprecia que se trató de la construcción de
    infraestructura en bienes de dominio público que debió ser reconocida en gasto no
    capitalizable a su conclusión.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley General de Contabilidad Gubernamental

         Artículo 23: “Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles siguientes:”; I: “Los inmuebles
         destinados a un servicio público conforme a la normativa aplicable; excepto los considerados como monumentos arqueológicos, artísticos
         o históricos conforme a la Ley de la materia;”; II: “Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás bienes muebles al servicio
         de los entes públicos, y”; III: “Cualesquiera otros bienes muebles e inmuebles que el consejo determine que deban registrarse.”; “Asimismo,
         en la cuenta pública incluirán la relación de los bienes que componen su patrimonio conforme a los formatos electrónicos que apruebe el
         consejo.”.
         Artículo 24: “Los registros contables de los bienes a que se refiere el artículo anterior se realizarán en cuentas específicas del activo.”.
         Artículo 25: “Los entes públicos, conforme lo determine el Consejo en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, elaborarán un
         registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes bajo su custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles.”.
         Artículo 26: “No se registrarán los bienes señalados en los artículos 27, párrafos cuarto, quinto y octavo; y 42, fracción IV de la Constitución
         Política de los Estados Unidos Mexicanos; ni los de uso común en términos de la Ley General de Bienes Nacionales y la normativa aplicable.
         En lo relativo a la inversión realizada por los entes públicos en los bienes previstos en las fracciones VII, X, XI y XIII del artículo 7 de la Ley
         General de Bienes Nacionales; se efectuará el registro contable de conformidad con lo que determine el consejo.”.
         Artículo 27: “Los entes públicos deberán llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere el artículo 23
         de esta Ley. Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro contable. En el caso de los bienes inmuebles, no podrá
         establecerse un valor inferior al catastral que le corresponda. Los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en
         el inventario físico los bienes que adquieran. Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán
         actualizar, por lo menos, cada seis meses. Los municipios podrán recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este
         servicio no esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público.”.
         Artículo 28: “Los registros contables reflejarán, en la cuenta específica del activo que corresponda, la baja de los bienes muebles e
         inmuebles. El consejo emitirá lineamientos para tales efectos.”.
         Artículo 30: “El consejo emitirá, para efectos contables, las disposiciones sobre registro y valuación del patrimonio que requiere la aplicación
         esta Ley.”.

         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

         Artículo 68, párrafo primero fracción I: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la administración
         pública municipal, encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes facultades y
         obligaciones:”; I: “Cumplir y hacer cumplir en el Municipio la presente Ley, las leyes y demás disposiciones de orden normativo municipal, así

                                                                                                                               29
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