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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



12  AF-20  2022-OA/CPM/020/2023-PO-12   $180,432.04 Pliego de Observaciones                           INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



13  AF-21  2022-OA/CPM/020/2023-PO-13   $765,463.28 Pliego de Observaciones



14  AF-22  2022-OA/CPM/020/2023-PO-14   $69,429.75 Pliego de Observaciones



15  AF-34  2022- OA/CPM/020/2023-PO-15  $878,015.66 Pliego de Observaciones



16  AF-35  2022- OA/CPM/020/2023-PO-16  $ 32,192.31 Pliego de Observaciones



17  AF-37  2022- OA/CPM/020/2023-PO-17  $ 365,756.04 Pliego de Observaciones



           Total $4,024,317.19



DICTAMEN



La auditoría se practicó con base en la información proporcionada por la Entidad Fiscalizable

y de cuya veracidad es responsable, con el fin de evaluar los resultados de la Gestión Financiera

de la cuenta pública, de acuerdo con el objetivo, alcance y pruebas selectivas que se estimaron

necesarios. En consecuencia, la opinión se refiere solo a la muestra de las operaciones examinadas

y procedimientos de auditorías aplicadas, por lo que se considera que la auditoría efectuada

proporciona una base razonable para sustentar la siguiente opinión:



Se determina que el Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de Tlacolula, Oaxaca,

no cumplió con las disposiciones normativas aplicables en el ejercicio del gasto público, como se

precisa en los resultados con observaciones AF-02, AF-03, AF-05, AF-07, AF-09, AF-10, AF-

11, AF-12, AF-13, AF-14, AF-15, AF-16, AF-17, AF-20, AF-21, AF-22, AF-24, AF 26, AF 27, AF

28, AF 29, AF 30, AF 33, AF 34, AF-35, AF-36, AF-37 y AF-38, en los que se constató que:

los registros contables de las operaciones del ejercicio del gasto de los conceptos de materiales

y suministros, servicios generales y ayudas sociales la falta documentación comprobatoria y

justificativa, incumpliendo con lo señalado por la Ley General de Contabilidad Gubernamental;

no presentó el Programa Anual de Obra Pública, del ejercicio Fiscal 2022, con fecha y con la

documentación complementaria, y se observó que no se encuentra publicado en el Periódico Oficial

del Gobierno del Estado de Oaxaca, así como en otros medios; de la Relación de obras en proceso,

excedió del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública; celebró contratos por

encima del monto máximo para adjudicar la obra de excepción a la licitación pública; de las obras

incluidas en la muestra, de los procesos, procedimientos de programación, presupuestación,

adjudicación, entrega recepción no presentó evidencia justificativa y documentación comprobatoria;

no acreditó los volúmenes pagados no ejecutados.



CONSIDERACIONES FINALES



Los resultados contenidos en el presente informe individual, en términos de los artículos 65 Bis

de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley de Fiscalización

Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se notificará a la Entidad Fiscalizada,

para que, en un plazo de 30 días hábiles, a partir de que surta efecto su notificación, presente la

información y realice las consideraciones que estime pertinentes.



Por lo anterior, las acciones que se presentan en este informe individual de auditoría se encuentran

sujetas al proceso de seguimiento, por lo que, en razón de la información y consideraciones que en

su caso proporcione el Ayuntamiento del Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de

Tlacolula, Oaxaca, se podrán ratificar o solventar.



SÍNTESIS DE LAS JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES PRESENTADAS POR LA ENTIDAD

FISCALIZABLE.



Conforme a lo establecido en el artículo 22 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior

y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, mediante oficio número ASFE/AEFM/

DAMA/420/2023 de fecha 25 de septiembre y recibido el día el 25 de septiembre, se notificó al

Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, los Resultados

Finales y Observaciones Preliminares. Por lo anterior, con oficio número MSJT/2023/PM-0713 de

fecha 16 de octubre del 2023, la Entidad Fiscalizable, a través del C. Severiano Agustín Sánchez,



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