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Por lo anterior, esta Auditoria de Fiscalización del estado de Oaxaca, le requirió al Ayuntamiento del Municipio

de San Sebastián Tutla, Distrito Centro, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar, el importe de $83,540.00

(Ochenta y tres mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación que se detalla en este

Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización

Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre

las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/413/2023, se notificó el día 22 de septiembre de 2023, los

Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días

hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y

justificaciones, presentó el oficio original número SST/PM/0949/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, suscrito

por los CC. Alejandro Fernando García Vásquez, Presidente Municipal y Maricela Zárate Hernández, Regidora de

Hacienda, dirigido al Director de Auditoria Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha

diecinueve de octubre de 2023; en el cual manifiesta lo siguiente:



“Los gastos en su totalidad fueron registrados en el sistema de contabilidad los cuales fueron en su momento

analizados, revisados y aprobados por los integrantes de la comisión de hacienda, según consta en las actas de

fecha 29 de abril 2022, 10 de agosto 2022, 04 de noviembre 2022 y 28 de diciembre de 2022; anexamos copia

certificada”; sin embargo, de la validación a la documentación presentada no se encontraron dichas actas.



En consecuencia, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la

observación. Por lo que se emite:



Pliego de Observaciones.

2022-OA/CPM/013/2023-PO-36



Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, presente

ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación que compruebe, justifique,

aclare o reintegre la cantidad de $83,540.00 (Ochenta y tres mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), lo

relativo a:



En relación a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRÁMITES LEGALES,

NOTARIALES, se observó que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la

documentación justificativa de gasto relativa a la autorización para la contratación del servicio, así como el

proceso de contratación y demás circunstancias pertinentes, así como evidencia (entregables) del resultado final

del servicio contratado; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-26-SEG-26.



Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42 párrafo

primero, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 120;

Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero,

que a la letra dice:



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