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Ley General de Contabilidad Gubernamental.



           Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la

           documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.

           Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los

           documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los

           lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.

           Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos

           y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y

           devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo”.

           Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,

           identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha

           documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”.



            Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.



           Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá

           las disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e

           inmuebles del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará

           un Comité de Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas

           políticas que constituyan el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán

           establecer la aplicación supletoria de la Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca”.



            Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.



           Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se

           suscriban con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea

           el caso, contratos, solicitudes, requisiciones...”.



RESULTADO: AF-55 CON OBSERVACIÓN



De la revisión a la sub-subcuenta 52431-4431 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA, se

constató que la entidad fiscalizada afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad $25,866.56 (Veinticinco mil

ochocientos sesenta y seis pesos 56/100 M.N.), mediante transferencia bancaria con afectación a la cuenta

bancaria de número 1174764071 de la Institución Bancaria Banco Mercantil del Norte, S.A correspondientes al

Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas; observando que los registros contables y presupuestarios no

se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa a la autorización correspondiente,

la constancia de recepción y la evidencia de las actividades realizadas; como se muestra a continuación:



        PÓLIZA DE INGRESOS              PÓLIZA DE EGRESO                                                                      BANCO



                                                                         FUENTE DE                            INSTITUCIÓN             No. DE CHEQUE O

                                                                     FINANCIAMIENTO                           BANCARIA Y      TRANSFERENCIA BANCARIA

                                                                                                           NÚM. DE CUENTA

NÚMERO      FECHA   IMPORTE     NÚMERO  FECHA       IMPORTE                                    FECHA                                                       IMPORTE

                                                                                                                                                            25,866.56

003767  18/08/2022  25,866.56   001164  18/08/2022        25,866.56  PARTICIPACIONES           18/08/2022         BANCO       TRANSFERENCIA SPEI CLAVE DE

                                                                          (RAMO 28)                         MERCANTIL DEL                     RASTREO:

                                                                                                           NORTE, S.A., CTA.

                                                                                                                              8846APR1202208181854666972

                                                                                                               1174764071



TOTAL               $25,866.56                      $25,866.56                                                                                             $25,866.56



   FECHA                    NÚM.                 PROVEEDOR           COMPROBANTE                                              CONCEPTO

05/08/2022                              VALERIO ROMERO REYES                          IMPORTE

            b3c3db46-1639-4c6b-ac1e-

                      f35b0f0fab0e                                                                       54 PIEZA BOLSAS CON CREMALLERA MOCHILA ESCOLAR 3D GRANDE

                                                                                      25,866.56



                                                                                                         DIFERENTES FIGURAS



                                                                                      $25,866.56



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