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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                          INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de

Etla, Oaxaca.



ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/019/2023



TIPO DE AUDITORÍA: Financiera.



RECURSOS FISCALIZADOS: Cuenta Pública Municipal 2022



ANTECEDENTES

Mediante el Decreto 746, aprobado por la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del

Estado Libre y Soberano de Oaxaca, publicado en el Extra del Periódico Oficial del Gobierno del

Estado de Oaxaca, el día quince de diciembre de dos mil veintidós, que reformó y adicionó diversas

disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se creó la Auditoría

Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; asimismo, mediante Decreto 771 publicado en el

Extra del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el día siete de febrero de dos mil

veintitrés, se reformaron, adicionaron y derogan diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización

Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca para armonizarse y adecuarse a la

reforma Constitucional; posteriormente el veintidós de marzo del presente año la Sexagésima

Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca designó y tomó protesta de Ley a la Titular

de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; entrando en funciones en términos

del Decreto 1081 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el uno de

abril de dos mil veintitrés, en ese contexto, esta autoridad recibió del extinto Órgano Superior de

Fiscalización del Estado de Oaxaca, el presente expediente como asunto en trámite, de conformidad

con el Transitorio Tercero del Decreto 771 antes citado, que a la letra dice: “Los procedimientos

administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, que se encuentren

en trámite o pendientes de resolución, se resolverán hasta su conclusión definitiva, en los términos

establecidos previamente en las disposiciones que se reforman”.



En ejercicio de las atribuciones previstas en los artículos 19 fracción I y 82, fracción IV de la

Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, y 8 fracción

II del Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,

se aprobó el Programa Anual de Auditorías Visitas e Inspecciones 2023, a fin de llevar a cabo la

fiscalización de las cuentas públicas municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2022, por lo

que con fundamento en los artículos 115, fracción IV, penúltimo párrafo; 116, fracción II, sexto

párrafo; 134, párrafos primero, segundo y quinto, de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 59, fracción XXII, 65 BIS, 113 fracción II antepenúltimo párrafo y, 137 de

la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 23 B fracción IV, de la Ley

de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca; 1, 3, 4, 14, 16 fracción I incisos a), b), c)

y d), 17, 19 fracciones I, V, VI, VII, X inciso a), XI, XIII, XIV, XXI, XXIV, XXV, XXVI, XXVII y

XXVIII, 25, 27, 28, 29, 30, 82 fracciones I, X, XI, XII y XXXII y 83 de la Ley de Fiscalización

Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca y 1, 7 fracciones I, IV, V, XII y XVII,

11 fracciones I y VIII del Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado

de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca número 46 de

fecha 16 de noviembre del año 2019, así como el Acuerdo por el que se expiden los criterios

relativos a la ejecución de auditorías publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado

de Oaxaca, se emitió la orden de Auditoría Financiera número OA/CPM/019/2022, para la

revisión y fiscalización a la Cuenta Pública del Municipio de Santiago Tlazoyaltepec, Distrito de

Etla, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, contenida en el oficio número OSFE/OT/

SFCPM/0085/2023 de fecha 30 de enero de 2023.



FACULTADES DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

PARA EMITIR EL INFORME INDIVIDUAL

Artículo 65 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracción XXIII,

19, 38, 39, 40, 42 y 43, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado

de Oaxaca.



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