Page 5 - Santa Lucía del Camino
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7. Se verificó que la información contenida en el Informe de Gobierno corresponda a la                       El siguiente resultado AC-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                                                INFORME FINAL DE AUDITORÍA
       que se encuentra registrada en la contabilidad del Municipio.                                          transcribe a continuación:

 8. Se verificó que las partidas presupuestarias ejercidas y registradas, estén consideradas                           (…)
       en el Presupuesto de Egresos Aprobado.
                                                                                                                          “RESULTADO: AC-01 CON OBSERVACIÓN
 9. Se constató que la contratación de obras públicas se haya realizado de acuerdo a la                                   De la revisión a la documentación presentada por el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Lucía del
       normatividad aplicable.                                                                                            Camino, Distrito Centro, Oaxaca, relativa al requerimiento de auditoría, se constató lo siguiente:

 10. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Obras y que                              a) Presentó el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo para la aprobación del Plan Municipal de
       se ajustó a las normas correspondientes.                                                                                   Desarrollo 2022-2024, por mayoría calificada, de fecha 16 de junio de 2022, al igual que el
                                                                                                                                  documento denominado “PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL H. AYUNTAMIENTO DE
 11. Se verificó que para la asignación de obras por Administración Directa, el Ayuntamiento                                      SANTA LUCÍA DEL CAMINO, OAXACA 2022-2024”; sin embargo, no exhibió evidencia de haberlo
       contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para                                      publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Gaceta Municipal, o revista especializada
       el desarrollo de los trabajos.                                                                                             en temas municipales.

 12. Se confirmó si la Entidad Fiscalizable contrató Deuda Pública u Obligaciones a corto                                 b) Presentó la publicación del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha 11 de
       plazo.                                                                                                                     febrero de 2023, que contiene el Decreto No. 789 mediante el cual se autoriza la Ley de Ingresos
                                                                                                                                  para el ejercicio fiscal 2023.De igual manera, presentó el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo
INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                        para la aprobación por mayoría calificada del Presupuesto de Egresos para el ejercicio 2023, de
                                                                                                                                  fecha 05 de diciembre de 2022, así como el contenido del Presupuesto antes mencionado,
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos                                      presentado ante el entonces Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca mediante la
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo                                   Plataforma Tecnológica SiMCA Ultra, según consta en el folio de recepción PE/2023/390/00117-A de
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo                                    fecha 26 de enero de 2023. Publicado en la página electrónica del Consejo Estatal de
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo                                Armonización Contable en Oaxaca.
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y              Incumpliendo con lo establecido en el artículo 45 párrafo primero de la Ley de Planeación, Desarrollo
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I inciso c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93                   Administrativo y Servicios Públicos Municipales.
fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541,                                         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número                              Solicitud de Aclaración:
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y                              2023-OA/CPM/098/2024-SA-01
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la                           Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de                                 resultado.”
Auditoría con los siguientes resultados:
                                                                                                                       (…)

                                                                                                              La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                              transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                                                                                              Presentó oficio sin número de fecha 01 de agosto de 2024, a través del cual proporcionó
                                                                                                              copias certificadas de las publicaciones en la Gaceta Municipal, conteniendo el acta de
                                                                                                              sesión de cabildo de fecha 16 de junio de 2022, en donde se aprobó y publicó el Plan

                                                                                                                                                                                                                                                       3
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