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MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA OSFE-MP-02-2021
4.1.9. PROCEDIMIENTOS DE LA AUDITORÍA ESPECIAL DE SEGUIMIENTO E
INVESTIGACIÓN A ENTIDADES ESTATALES.
01 Seguimiento a los resultados finales y observaciones preliminares de las entidades estatales
fiscalizadas.
1. Nombre del procedimiento: Seguimiento a los resultados finales y observaciones preliminares de las
entidades estatales fiscalizadas.
2. Unidad administrativa responsable: Dirección de Seguimiento e Investigación a Entidades Estatales “A” o
Dirección de Seguimiento e Investigación a Entidades Estatales “B”.
3. Unidad administrativa de adscripción: Auditoría Especial de Seguimiento e Investigación a Entidades
Estatales.
4. Objetivo:
Supervisar, analizar y dar seguimiento a las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas que se
deriven de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública Estatal.
5. Alcance:
Aplica a los Poderes del Estado, órganos constitucionales autónomos, fideicomisos, entidades de la
administración pública estatal, las empresas productivas del Estado y en general por cualquier entidad, persona
física o moral pública o privada, que hayan recaudado, administrado, ejercido o aplicado recursos públicos.
6. Marco Jurídico:
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
• Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca.
• Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca.
• Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
• Acuerdo por el que se expiden los criterios relativos a la ejecución de auditorías del Órgano Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca.
• Manual de Organización del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
7. Responsables:
• Titular.
• Auditor Especial de Seguimiento e Investigación a Entidades Estatales.
• Director de Seguimiento e Investigación a Entidades Estatales “A”.
• Jefe de Departamento de Seguimiento.
• Director de Seguimiento e Investigación a Entidades Estatales “B”.
• Jefe de Departamento de Seguimiento.
• Auditores.
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