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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA OSFE-MO-02-2020
CAPÍTULO 1. GENERALIDADES.
1.1. Objetivo del Manual de Organización
Que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, cuente con un
ordenamiento administrativo que permita proporcionar en forma ordenada
la estructura organizacional, a través de la descripción de las líneas de mando
y responsabilidad, precisando los objetivos y funciones de cada unidad
administrativa, a partir de lo establecido en el Reglamento Interior, a efecto
de ser más eficiente en su desempeño y lograr su misión institucional.
En adición, este instrumento técnico es complementario al marco normativo
que rige la actuación del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, por lo que su uso y aplicación es de observancia obligatoria conforme
a los alcances y unidades administrativas aquí determinadas.
1.2. Atribuciones del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca
Sus atribuciones se encuentran establecidas en el artículo 65 Bis de la
Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Oaxaca y en el artículo
19 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado
de Oaxaca.
1.3. Definición de Conceptos
Además de los conceptos contenidos en la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca y el Reglamento Interior
del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para efectos del
presente Manual de Organización se entenderá por:
Acta Circunstanciada: Documento de tipo administrativo en el cual se
plasma(n) la(s) evidencia(s) o circunstancia(s) de hechos, actos u omisiones
que impliquen alguna irregularidad detectada en el ejercicio de las
atribuciones conferidas por la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas para el Estado de Oaxaca y el Reglamento Interior del Órgano
Superior de Fiscalización, documento que sirve de prueba para efectos de
procesos administrativos, judiciales y laborales.
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