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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA OSFE-MO-02-2020
la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de
Oaxaca.
31. Instrumentar los mecanismos necesarios para implementar el Servicio
Fiscalizador de Carrera.
32. Instruir, coordinar y supervisar la implementación de mecanismos
necesarios para fortalecer la participación ciudadana en la rendición de
cuentas de las entidades sujetas a fiscalización.
33. Coordinar y supervisar la recepción de la información financiera y los
presupuestos de egresos de los Ayuntamientos, en términos de las
disposiciones aplicables.
34. Supervisar la recepción, registro y resguardo de las identificaciones y
acreditaciones de los servidores públicos municipales.
35. Vigilar el cumplimiento del proceso de entrega - recepción municipal.
36. Supervisar la recepción y resguardo de las actas y expedientes derivados
del cumplimiento del proceso de entrega - recepción municipal.
37. Supervisar la recepción y resguardo de las actas circunstanciadas
presentadas por la administración municipal electa, ante la negativa de
la administración municipal saliente de realizar la entrega - recepción
municipal.
38. Supervisar la elaboración de requerimientos, derivados de la recepción
de las actas circunstanciadas en los casos en que la administración
municipal saliente no realice la entrega-recepción municipal.
39. Supervisar la recepción en calidad de depositaria de las actas
circunstanciadas y los documentos presentados ante el Órgano Superior
de Fiscalización, cuando por causas de fuerza mayor, caso fortuito, o ante
la negativa de la administración entrante de recibir la administración,
no sea posible llevar a cabo el acto de entrega - recepción municipal; así
como la devolución de la misma a la autoridad entrante.
40. Emitir los lineamientos para la integración del Programa Anual de
Actividades, los informes trimestrales y anual de actividades que
deben rendir las unidades administrativas del Órgano Superior de
Fiscalización.
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