Page 6 - Santo Domingo Albarradas
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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  9.	 Verificar el cumplimiento de la publicación de los formatos que dispone la Ley de Disciplina
                                                        Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

                                                  10.	Comprobar que la Entidad Fiscalizable haya cumplido con el principio de sostenibilidad,
                                                        generando balances presupuestales sostenibles, así como su responsabilidad hacendaria.

                                                  11.	 Comprobar que la Entidad Fiscalizable realizó proyecciones y resultados de ingresos y de
                                                        egresos de las finanzas públicas, conforme a los criterios generales de política económica y
                                                        con base en los formatos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).

                                                  12.	 Verificar que la asignación de los recursos no rebasó los límites establecidos para servicios
                                                        personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos de la Entidad Fiscalizable, conforme
                                                        a lo siguiente:

                                                        a)	el 3 por ciento de crecimiento real, y

                                                        b)	el crecimiento real del PIB señalado en los criterios generales de política económica para el
                                                           ejercicio que se está presupuestando.

                                                  13.	Constatar que la Entidad Fiscalizable generó y registró ingresos excedentes derivados de
                                                        ingresos de libre disposición

                                                  14.	 Confirmar que la Entidad Fiscalizable contrató Deuda Pública u Obligaciones a corto plazo.

                                                  15.	 Comprobar la congruencia entre los saldos de la Deuda Pública, la información financiera, con
                                                        las cifras reportadas en la Cuenta Pública del ejercicio fiscalizado y los informes reportados a
                                                        la SHCP.

                                                  16.	 Confirmar que la Entidad Fiscalizable auditada, haya contraído obligaciones de pago a corto
                                                        plazo y que se hayan realizado bajo las mejores condiciones.

                                                  17.	 Verificar que la Entidad Fiscalizable remitió la información de los indicadores del Sistema
                                                        de Alertas a la SHCP en los tiempos establecidos; y los indicadores que fueron reportados
                                                        coincidan con lo presentado en la Cuenta Pública del ejercicio fiscalizado.

                                                  18.	Verificar que la Entidad Fiscalizable inscribió en el registro público único de la SHCP, la
                                                        totalidad de los financiamientos y obligaciones a su cargo suscritas.

                                                  RESULTADOS DE AUDITORÍA

                                                  RESULTADO: AC-01	        CON OBSERVACIÓN

                                                  CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SISTEMAS DE CONTABILIDAD Y

                                                  REGISTRO CONTABLE

                                                  SISTEMA DE CONTABILIDAD

                                                  De la revisión a la información contable y presupuestaria contenida en la Cuenta Pública Municipal
                                                  del ejercicio fiscal 2022, a la información y documentación presentada por el ente fiscalizado a
                                                  requerimiento de auditoría, se constató que presentó los Estados Financieros y Presupuestarios
                                                  por el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022, reflejando el cumplimiento de su
                                                  presentación ante el extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado ahora Auditoría Superior
                                                  de Fiscalización del Estado de Oaxaca, a través del acuse electrónico de la Cuenta Pública Municipal
                                                  con número de folio CP/506/00193/2022 emitido por la plataforma tecnológica SiMCA Ultra, el día
                                                  13 de febrero de 2023; corroborando que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo
                                                  Albarradas, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, registró sus operaciones a través del sistema de
                                                  contabilidad denominado “Sistema Municipal de Contabilidad Armonizada (SiMCA Ultra)” durante el
                                                  ejercicio fiscal 2022.

                                                  De la revisión y análisis a los estados financieros, formatos y reportes integrados en la Cuenta
                                                  Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022 y de la información proporcionada por el Titular de
                                                  la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, área a cargo de la administración del “Sistema Municipal de
                                                  Contabilidad Armonizada (SiMCA Ultra)”, mediante memorándum número ASFE/DTIC/0132/2023

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