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d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio 2. Se constató que la Entidad Fiscalizable cuente con documentos normativos básicos, INFORME FINAL DE AUDITORÍA
y aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos; y que regulen el ejercicio de sus funciones.
que los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de
servicios públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades Fiscalizables, 3. Se comprobó a través de la página de internet de la Entidad Fiscalizable, que haya
celebren o realicen, relacionados con el ejercicio del gasto público no han causado publicado la información financiera referente a la Ley de Disciplina Financiera de las
daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal y/o Municipal o, Entidades Federativas y los Municipios.
en su caso, del patrimonio de las Entidades Fiscalizables.
4. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya publicado en su respectivo medio oficial de
II. Evaluar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas debiendo: difusión o a través de su página de internet, la información financiera señalada en la
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
a) Verificar la eficiencia y eficacia del cumplimiento de sus objetivos;
5. Se comprobó que los programas, de los cuales la entidad es responsable, estén
b) Analizar el cumplimiento de las metas de los indicadores aprobados en el Presupuesto alineados al Presupuesto de Egresos, al Plan Estatal de Desarrollo y al Plan Estratégico
de Egresos y si dicho cumplimiento tiene relación con el Plan Estatal de Desarrollo y Sectorial.
Programas Sectoriales, o con el Plan Municipal de Desarrollo; y,
6. Se comprobó que la Entidad dio cumplimiento a los objetivos y metas programados en
c) Analizar el cumplimiento de los objetivos de los Programas y las metas de gasto que la Matriz de Indicadores para Resultados.
promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.
7. Se comprobó que la Entidad dio cumplimiento a los objetivos y metas programados en
ALCANCE los Reportes de Avance de Gestión.
UNIVERSO: $1,141,406,122.31 (Mil ciento cuarenta y un millones cuatrocientos seis 8. Se comprobó que las metas alcanzadas sean congruentes con el presupuesto ejercido.
OTRAS INSTANCIAS mil ciento veintidós pesos 31/100 M.N.)
FISCALIZADORAS: $949,273,755.24 (Novecientos cuarenta y nueve millones doscientos INFORME FINAL DE AUDITORÍA
UNIVERSO ASFE: setenta y tres mil setecientos cincuenta y cinco pesos 24/100 M.N.)
$192,132,367.07 (Ciento noventa y dos millones ciento treinta y dos La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
MUESTRA ASFE: mil trescientos sesenta y siete pesos 07/100 M.N.) 116 fracción II párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59
ALCANCE (%): $157,660,230.81 (Ciento cincuenta y siete millones seiscientos fracción XXII párrafo primero, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II de la
sesenta mil doscientos treinta pesos 81/100 M.N.) Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5
82.06% fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19, 25, 26,
27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXVIII, XXXVIII y párrafo penúltimo y 94 de la Ley de
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante
Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de
1. Se comprobó mediante la aplicación de un Cuestionario de Control Interno (CCI), que fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico
la Entidad Fiscalizable haya impulsado la prevención y administración de posibles Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos
eventos que obstaculicen el logro de sus objetivos institucionales. mil veintitrés; y 1, 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento
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