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El Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y

justificaciones, mediante oficio número MSMC/S/N-2023 de fecha 30 de octubre de 2023, presentó

documentación en copias certificadas como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 30 de

octubre de 2023, sin embargo, para este resultado en particular, no relaciona ninguna documentación; por lo

anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.

Por lo que se emite:



Solicitud de Aclaración

2022-OA/CPM/016/2023-SA-07



Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca,

Oaxaca, presente ante esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que

compruebe, justifique o aclare lo relativo a la plantilla de personal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022,

que compruebe que contó con el elemento humano con capacidad técnica para la ejecución de los trabajos, toda

vez que el Municipio de Santa María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, ejecutó dieciséis obras por la

Modalidad de Administración Directa y veinticinco obras por la Modalidad de Contrato en el ejercicio 2022,

asimismo quince obras públicas que concurrieron en el periodo de la primera quincena de agosto de 2022, por

lo anterior acredite contar con la capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para ello,

consistentes en personal técnico que se requiera para el desarrollo de las obras bajo la modalidad de

Administración Directa.



Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,

Artículo 62, que a la letra dice:



            Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.



           Artículo 62: “Las Dependencias, Entidades o los Ayuntamientos, bajo su responsabilidad podrán ejecutar obra pública por

           administración directa, siempre que posean capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para ello,

           consistentes en maquinaria, equipo de construcción y personal técnico que se requiera para el desarrollo de los trabajos

           respectivos.”



RESULTADO: AF-34  SIN OBSERVACIÓN



Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos; proporcionados por el Municipio de Santa María

Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de autorización

de las obras, se constató que contaron con el oficio de autorización de recursos y el anexo financiero técnico, el

cual muestra el desglose de la obra para la obtención del monto autorizado.



RESULTADO: AF-35  CON OBSERVACIÓN



Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de Santa

María Chilchotla, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de

programación y presupuestación, se observa que no presentaron la memoria de cálculo, la memoria descriptiva,

los Estudios de ingeniería Topográficos, asimismo, se detectaron irregularidades en los planos del proyecto

arquitectónicos y de ingeniería, observaciones presentes en dieciséis obras como se desglosa en el anexo

DAM-VIF-01.



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