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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



                                                                               COMPROBANTE                                                                                       INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



FECHA            NÚM.                    PROVEEDOR      IMPORTE                                         CONCEPTO



26/09/2022       3171B566-BBDD-    GESTIÓN AMBIENTAL    556,800.00  ELABORACION DE PROYECTO EJECUTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO SANITARIO EN EL MUNICIPIO DE

                     460F-AD21-         Y DESARROLLO                SANTA MARÍA ATZOMPA, OAXACA, QUE INCLUYE: LEVANTAMEINTO TOPOGRAFICO ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS

                                                                    PLANOS Y DISEÑO DE CELDA DE CONFINAMIENTO, LAGUNA DE LIXIVIADOS, CENTRO DE ACOPIO, CASETA DE VIGILANCIA,

                 876BAFC9E5B2    SUSTENTABLE SA DE CV               OFICINAS ADMINSTRATIVAS, ZONA DE AMORTIGUAMIENTO Y OBRAS DE DRENAJE. MANIFESTACIÓN EN MATERIA DE

                                                                    IMPACTO AMBIENTAL Y VALIDACIÓN DEL PROYECTO.

                                  

                                                       $556,800.00  



Incumpliendo con lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca artículo

120; que a la letra dice:



         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca



         Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las

         disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles

         del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de

         Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan

         el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la

         Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”.



RESULTADO: AF-41                                        CON OBSERVACIÓN



De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3331 SERVICIOS DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA,

se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $40,000.00

(Cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), realizando pago mediante transferencia bancaria con

afectación a la cuenta bancaria número 1174767746 de la Institución Bancaria Banco Mercantil del



Norte S.A., con recursos fiscales; relativa a el proceso de contratación que demuestre que se realizó



en las mejores condiciones disponibles al municipio en cuanto a precio, calidad, financiamiento,



oportunidad y demás circunstancias pertinentes y la evidencia (entregables) del destino final del



servicio contratado, como se detalla a continuación:



        PÓLIZA DE DIARIO                      PÓLIZA DE EGRESO                                                    BANCO



NÚMERO           FECHA    IMPORTE     NÚMERO     FECHA  IMPORTE                FUENTE DE    FECHA       INSTITUCIÓN BANCARIA Y  No. DE CHEQUE O         IMPORTE

                                                                           FINANCIAMIENTO                     NÚM. DE CUENTA    TRANSFERENCIA



                                                                                                                                     BANCARIA



000245 04/02/2022         40,000.00 000072 04/02/2022           40,000.00      RECURSOS     04/02/2022  BANCO MERCANTIL DEL          TRANSFERENCIA A    40,000.00

                                                                                FISCALES                NORTE, S.A., NÚMERO DE   CUENTAS DE TERCEROS

                                                                                                                                CLAVE DE RASTREO: 2456

                                                                                                           CUENTA 1132878624



 TOTAL                  $40,000.00                      $40,000.00                                                                $40,000.00



                                                                               COMPROBANTE



        FECHA             NÚM.                         PROVEEDOR               IMPORTE                            CONCEPTO

     02/02/2022

                 B14115FD-79FA-43CF-80F9-  VATRID, ADMINISTRACION Y SERVICIOS  40,000.00    TRAMITACION DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS ANTE LA SECRETARIA GENERAL DE

                          151CC63984DF                 ESPECIALIZADOS, S.C                  GOBIERNO Y SECRETARIA DE HACIENDA.



                                                                               $40,000.00  



Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad



         Ley General de Contabilidad Gubernamental



         Artículos artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la

         documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,

         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,

         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto

         establezca el consejo.”,

         Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y

         comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en

         términos de las disposiciones que emita el consejo.”,

         Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y

         controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los

         órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten” y



         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca



         Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las

         disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles

         del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de



                                                                                                                                                                             87
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