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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



RESULTADO: AF-28                      CON OBSERVACIÓN                                                                                               INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



De la revisión a la sub-subcuenta 51311-3111 CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA, se constató

que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $6,853.00 (Seis mil

ochocientos cincuenta y tres pesos 00/100 M.N.), realizando pagos en efectivo, con recursos

del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; observando que los registros



contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación comprobatoria del



gasto relativa a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet; como se detalla a continuación:



PÓLIZA DE DIARIO                   PÓLIZA DE EGRESO             FUENTE DE                          COMPROBANTE                            IMPORTE

                                                                FINANCIA-                       PROVEEDOR IMPORTE  CONCEPTO OBSERVADO

                                                                           CAJA

                                                                  MIENTO

NÚMERO   FECHA     IMPORTE NÚMERO     FECHA    IMPORTE                           FECHA    NÚM.



000423 28/02/2022 1,350.00 000164 28/02/2022         13,621.33   PARTICI-  13,621.33                                  1,350.00

                                                                PACIONES

                                                                (RAMO 28)



002889 31/10/2022  2,014.00 001045 31/10/2022  33,080.00         PARTICI-  33,080.00                                  1,104.00

                                                                PACIONES

                                                                (RAMO 28)



002901 31/10/2022  1,806.00 001048 31/10/2022  25,053.84         PARTICI-  25,053.84                                  1,806.00

                                                                PACIONES

                                                                (RAMO 28)



003604 31/12/2022  1,683.00 001274 31/12/2022  38,594.03         PARTICI-  38,594.03                                  770.00

                                                                PACIONES

                                                                (RAMO 28)



TOTAL              $6,853.00                   $110,349.20                 $110,349.20          $0.00                 1,350.00



Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:



         Código Fiscal de la Federación



         Artículo 29: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que

         realicen…”

         Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes

         requisitos…”



         Ley General de Contabilidad Gubernamental

         Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la

         documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”

         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,

         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto

         establezca el consejo.”

         Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos

         y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en

         términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente

         en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios

         bancarios”

         Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y

         controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los

         órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”.



Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, comprobar,

justificar o aclarar el importe de $6,853.00 (Seis mil ochocientos cincuenta y tres pesos 00/100

M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del plazo

establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de

Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones

realizadas tendientes a solventar la observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/383/2023, se notificó el día 18 de septiembre de

2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable



en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, en el proceso de

aclaraciones y justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 8 de octubre de 2023, suscrito

por el C. Juan Bautista Santiago Luis, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoría

Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha nueve de octubre de 2023, presentó

la siguiente información:



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