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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



    condiciones, la existencia de registros contables y presupuestarios específicos debidamente       INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

    actualizados, identificados y controlados, así como que se encuentren respaldados con la

    documentación original comprobatoria y justificativa y cumpla con la normatividad aplicable.



16.	Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos destinados

    para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren debidamente aprobados y

    autorizados por las instancias normativas correspondientes.



17.	Se verificó que el Ente Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó con los

    estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de ejecución, y que se

    ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para la realización de las obras

    públicas.



18.	Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado por el Ente

    Fiscalizable para la contratación de obra pública.



19.	Se verificó que la asignación de obra por contrato se encontrara debidamente sustentada y

    formalizada, y que para la asignación por Administración Directa, el Ayuntamiento contó con la

    capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los

    trabajos.



20.Se verificó que el Ente Fiscalizable, previo a la ejecución de la obra, acreditó haber

    implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.



21.	Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente en

    estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de modificaciones, se

    encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los convenios modificatorios.



22.Se verificó que el ente auditado presentó la documentación comprobatoria que ampara el pago

    de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago de materiales, mano

    de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción utilizados en la obra, en caso de

    Administración Directa.



23.Se realizó verificaciones e inspecciones físicas de obra, y constatar que las obras cumplieron

    con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan adecuadamente y que se ejecutaron

    conforme a la documentación comprobatoria y justificativa.



24.Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la

    normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.



RESULTADOS DE AUDITORIA



RESULTADO: AF-01  SIN OBSERVACIÓN



El ente fiscalizado presentó a requerimiento el Cuestionario de Control Interno (CCI), con fecha

28 de febrero de 2023, requisitado por el C. Meinardo Damián Ruíz, en su carácter de Presidente

Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Municipio de San Francisco Sola, Distrito de Sola de

Vega, Oaxaca; una vez realizado el análisis de las respuestas y de la documentación proporcionada

en atención al requerimiento de información, obtuvo un puntaje de 51 sobre 100, ubicándolo en

un nivel medio conforme a los valores de los 5 componentes del Control Interno, acorde al Marco

Integrado de Control Interno establecido por el Sistema Nacional de Fiscalización, como se detalla a

continuación:



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