Page 10 - Acatlán de Pérez Figueroa
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca; y Lineamientos para la DICTAMEN Número de acciones Solventado
Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico
(MML). AD-01 SIN OBSERVACIÓN --- --- ---
EstAaD-A0u2ditor2í0a23S-uOpAe/CrPioMr/d00e1/F2i0s2c4a-SliAza-0c1ión del ESsotlaicdituodddee aOcalaxraaccióan, determinaSqI ue el MunicSiIpio de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente: AcAaDt-lá03n deSPINéOreBzSEFRiVgAuCeIÓroNa, Distrito de Tuxtepec, Oa-x-a- ca, cumplió con lo--e- stablecid-o--en las
Recomendación: disApDo-0s4icion2e0s23le-OgAa/lCePsMy/0n01o/r2m024a-tSivAa-0s2, por las Sroalizcoitundedseeaxcplauraecsiótan s en los resSuI ltados conSteI nidos
2023-OA/CPM/001/2024-REC-01 enAeDs-t0e5 Info2r0m23e-OFAin/CaPl Md/e00A1/u2d02it4o-rSíaA-. 03 Solicitud de aclaración SI SI
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda a la Entidad Fiscalizable, AD-06 2023-OA/CPM/001/2024-REC-01 SI SI
que en lo subsecuente realice las acciones necesarias para cumplir con los principios de eficiencia y
eficacia en el ejercicio de los recursos establecidos en los Programas Presupuestarios.” No omito mencionar que la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca ejercerá
(…) las acciones que correspondan conforme a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Cuentas del Estado de Oaxaca y demás disposiciones aplicables.
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
A T E N TA M E N T E
Respecto de que, no acreditó cumplir con la meta de gasto del Programa Presupuestario “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
“Gobierno Moderno”, al presentar un importe por ejercer al 31 de diciembre, en cantidad de
$1,186,940.28 (Un millón ciento ochenta y seis mil novecientos cuarenta pesos 28/100 M.N.), L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
la Entidad Fiscalizable presentó: Oficio número 60/2024, de fecha 07 de octubre del 2024, TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
signado por el Contralor Municipal y dirigido al tesorero municipal, mediante el cual le
recomienda que, en lo subsecuente realice las acciones necesarias para cumplir con los
principios de eficiencia y eficacia en el ejercicio de los recursos establecidos en los
programas presupuestarios, con su acuse respectivo; Oficio número 03/2024, de fecha 04 de
enero de 2024 y Acta de la segunda sesión Extraordinaria de Cabildo, mediante los cuales
realizan el nombramiento del Tesorero Municipal.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el Resultado: AD-06.
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