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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Estado de Oaxaca; 48, 49, 50, 51, 52 53 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios   AMBIENTE DE CONTROL
                                        Públicos Municipales.
                                                                                                                                                 Se le recomienda a la Entidad Fiscalizable realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                        ACTIVIDADES DE CONTROL                                                                                   componente de Ambiente de Control, a través de contar con medios para recibir denuncias por
                                                                                                                                                 posibles violaciones a los valores éticos y a las normas de conducta a cargo del personal del
                                        Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 17.5 de un total de 20.0 posibles,          ayuntamiento para prevenir irregularidades administrativas; medios para evaluar el apego y
                                        correspondiente al componente Actividades de Control, debido a que no acreditó contar con lo             cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas; Comités de
                                        siguiente; Garantía que las actividades de Control Interno permitan alcanzar los objetivos municipales.  Contraloría Social Municipal; comités ciudadanos de control y vigilancia en cada obra municipal
                                                                                                                                                 realizada.
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de
                                        Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracción LXXX, 68 párrafo primero        ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
                                        fracciones II y XXXIII, 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                                 Se le recomienda a la Entidad Fiscalizable realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                        INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN                                                                               componente de Administración de Riesgos, a través de contar con un Programa Anual de la
                                                                                                                                                 Administración Pública Municipal; Prevención y planeación de acciones ante los cambios internos o
                                        Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 12.0 de un total de 20.0 posibles,          externos que afecten el buen funcionamiento del control interno.
                                        correspondiente al componente Información y Comunicación, debido a que no acreditó contar con
                                        lo siguiente: Personal confiable para obtener información relevante que apoye el Control Interno;        ACTIVIDADES DE CONTROL
                                        Rendición de informe detallado a la ciudadanía, por conducto del Presidente Municipal, de la
                                        actuación y desempeño del estado financiero, la hacienda pública municipal, el avance de los             Se le recomienda a la Entidad Fiscalizable realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                        programas, las obras en proceso y concluidas y, en general, del estado que guardan los asuntos           componente de Actividades de Control, a través de contar con Actividades que garanticen que las
                                        municipales.                                                                                             actividades de Control Interno permitan alcanzar los objetivos municipales.

                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de      INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
                                        Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracciones XL y LXXX, 68 párrafo primero fracciones II,
                                        VIII, XXXIII, 69 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                      Se le recomienda a la Entidad Fiscalizable realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                                                                                                                                 componente de Información y Comunicación, a través de contar con Personal confiable para obtener
                                        SUPERVISIÓN                                                                                              información relevante que apoye el Control Interno; Rendición de informe detallado a la ciudadanía,
                                                                                                                                                 por conducto del Presidente Municipal, de la actuación y desempeño del estado financiero, la
                                        Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 12.0 de un total de 20.0 posibles,          hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas y, en
                                        correspondiente al componente Supervisión, debido a que no acreditó contar con lo siguiente; Área        general, del estado que guardan los asuntos municipales.
                                        interna o externa que se encargue de supervisar y evaluar la eficacia operativa del Control Interno;
                                        Área que realice la función de verificar que la información reportada en relación del cumplimiento de    SUPERVISIÓN
                                        los programas del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de información adecuada, actual,
                                        completa, exacta, accesible y oportuna, en términos del Marco Integrado del Control Interno (MICI).      Se le recomienda a la Entidad Fiscalizable realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el
                                                                                                                                                 componente de Supervisión, a través de contar con un Área interna o externa que se encargue de
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de      supervisar y evaluar la eficacia operativa del Control Interno; Área que realice la función de verificar
                                        Combate a la Corrupción; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones XI, y LXXX, 68 párrafo        que la información reportada en relación del cumplimiento de los programas del Ayuntamiento sea
                                        primero fracciones II, VIII y XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                  de calidad, tratándose de información adecuada, actual, completa, exacta, accesible y oportuna, en
                                                                                                                                                 términos del Marco Integrado del Control Interno (MICI).
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                                                                                                                                 Solicitud de Aclaración:
                                        Recomendación:
                                                                                                                                                 2023-OA/CPM/011/2024-SA-01
                                        2023-OA/CPM/011/2024-REC-01
                                                                                                                                                 Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda a la Entidad Fiscalizable     documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
                                        realizar mejoras sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, con relación  este resultado.”
                                        a lo siguiente:

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