Page 14 - Miahuatlán de Porfirio Díaz
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Solicitud de aclaración:                                                                               No. de            Número de acción          Acción promovida         Observado Solventado

                                        2023-OA/CPM/018/2024-SA-08                                                                           rDesICulTtaAdMo EN

INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la  AD-01  2023-OA/CPM/018/2024-SA-01             Solicitud de aclaración  SI  NO
                                        información y/o documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones
                                        que se detallan en cada uno de los puntos de este resultado. “                                       EsAtDa-0A2udito20rí2a3-SOuAp/CePriMo/r0d18e/2F0i2s4c-aSlAiz-a02ción del EstaSodliocitdudedOeaaxcalacraac,iódneterminaSIque el MunNicOipio de

                                     (…)                                                                                                     MAiaD-h0u3atlán20d23e-OPAo/rCfiPrMio/0D1í8a/2z0, D24is-StrAit-o03de MiahuatSláolnic,itOudadxeaaccala, rnaociócnumplió cSoI n lo estableSIcido en

                            La Entidad Fiscalizable realizó aclaraciones y justificaciones para atender el resultado antes                   laAsDd-0is4posi2c0i2o3n-eOsA/lCePgMa/l0e1s8/y20n2o4-rmSAa-0t4ivas a las quSoeliceistutdádoebalciglaaradcoió,npor las raSIzones expuSeIstas en
                            transcrito, mismos que fue analizados determinando lo siguiente:
                                                                                                                                             loAsDr-e05sulta2d0o23s-AOAD/-C0P1M, /A0D18-/02022,4A-DSA--0055, AD-06, ADS-o0lic7ituydAdDe-a0cl8arcacoiónntenidos eSnI este InforNmOe Final
                            Respecto a que el Programa Presupuestario “Gobierno Moderno”, no acreditó cumplir con la
                            meta de gasto al presentar un importe por ejercer al 31 de diciembre, en cantidad de                             dAeDA-0u6ditor2ía02. 3-OA/CPM/018/2024-SA-06  Solicitud de aclaración  SI  NO
                            $1,365,403.53 (Un millón trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos tres pesos 53/100
                            M.N.), mediante oficio número MMPD/SM/0068/2024, la Entidad Fiscalizable manifestó: “Lo                          AD-07 2023-OA/CPM/018/2024-SA-07              Solicitud de aclaración  SI  NO
                            anterior este h. Ayuntamiento se compromete que en los ejercicios siguientes se cumplirán
                            al 100%, apegándose a los principios de eficiencia y eficacia”; sin embargo, no presentó                         NAoDo-0m8ito m20e2n3-cOioAn/CaPrMq/u01e8/l2a0A24u-dSAit-o0r8ía Superior dSoelicFiitsucdadleizaacclairóanciódnel EstadoSIde OaxacaNeOjercerá
                            documentación para dar atención a las observaciones determinadas en este resultado, por
                            lo que se tiene por aceptada la observación realizada.                                                           las acciones que correspondan conforme a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de

                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 párrafo primero y segundo de la                             Cuentas del Estado de Oaxaca y demás disposiciones aplicables.
                            Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61 párrafo primero, fracción II,
                            inciso c) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 137 párrafo segundo de la                                                                   A T E N TA M E N T E
                            Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 74 párrafos primero,                                                    “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
                            segundo y tercero, 75 párrafos primero y segundo de la Ley Estatal de Planeación; 68
                            fracción X, 127 párrafo primero de la Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca;                                                                        L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
                            Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la                                      TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
                            Metodología del Marco Lógico (MML).

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            insuficiente las justificaciones y aclaraciones exhibidas por la Entidad Fiscalizable,
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AD-08.

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