Page 6 - San Bartolomé Ayautla
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con                   la Ley Estatal de Planeación; 45 párrafo segundo, 48, 49, 50, 52 y 53 de la Ley de Planeación,
                                        un programa anual de la administración pública municipal; así mismo, no identifica, analiza y                          Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; y 29 párrafo segundo, 43 párrafo
                                        responde a los riesgos de probabilidad de ocurrencia de actos corruptos, fraude, abuso, desperdicio                    primero fracciones I, I Bis párrafo primero, XI, XL, LXI y LXXX, 69, 88 párrafo primero fracción IV,
                                        y otras irregularidades que atenten contra la apropiada salvaguarda de los bienes y recursos públicos.                 109,120, 126 , 126 TER párrafos primero y tercero, 126 QUATER párrafo primero fracciones V y XXVII, 126
                                                                                                                                                               SEPTENDECIES, 126 OCTODECIES, 126 DUOVICIES, 134, y 141 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
                                        ACTIVIDADES DE CONTROL                                                                                                 Oaxaca.

                                        Del análisis y revisión a las respuestas y evidencia proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                        al componente Actividades de Control, se determina un puntaje alcanzado de 17.5 puntos de un total                     acción:
                                        de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el
                                        municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, tener                        Solicitud de aclaración.
                                        establecido un sistema de control y vigilancia municipal, de los bienes muebles e inmuebles del
                                        municipio.                                                                                                             2023-OA/CPM/032/2024-SA-01

                                        INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN                                                                                             Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                                               información y/o documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones
                                        Del análisis y revisión a las respuestas y evidencia proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto              detalladas en cada uno de los puntos de este resultado.
                                        al componente Información y Comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 12.0 puntos de
                                        un total de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que                 (…)
                                        el municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, rendir a
                                        la ciudadanía, por conducto del presidente municipal, un informe detallado sobre los recursos              La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                        recibidos, el estado financiero de la hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras    transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                        en proceso y concluidas, los resultados alcanzados al término del ejercicio, y en general del estado
                                        que guardan los asuntos municipales; ni contar con una plataforma de transparencia oficial para el         EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO
                                        cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la normatividad aplicable.
                                                                                                                                                   Respecto al componente Ambiente de control; la Entidad Fiscalizable presentó acta de
                                        SUPERVISIÓN                                                                                                sesión extraordinaria de cabildo, de fecha 12 de mayo de 2023, por medio de cual se aprueba
                                                                                                                                                   la integración e instalación del comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así
                                        Del análisis y revisión a las respuestas y evidencia proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto  como sus atribuciones; acuerdos por el que emiten los Lineamientos del Comité de
                                        al componente Supervisión, se determina un puntaje alcanzado de 12.0 puntos de un total de 20.0            Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios, de fecha 12 de mayo 2023; Acta de sesión
                                        puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el municipio no         extraordinaria de cabildo, por medio de cual se aprueba el Manual de Recursos Humanos,
                                        acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recibir quejas o denuncias    Manual Administrativo de Recursos Humanos; Acta de asamblea comunitaria, por medio de
                                        de la ciudadanía y el público en general que permitieron identificar áreas de riesgo y definir mejoras     cual se aprueba la elección del comité de Contraloría Social, de fecha 02 de enero del 2023
                                        en el control interno; ni contar con un área que realice la función de verificar que la información        y credenciales de acreditación expedidas por la Secretaría de Honestidad del comité de
                                        reportada en relación del cumplimiento de los programas del ayuntamiento sea de calidad.                   contraloría social; Oficio número ASFE/OT/ST/DC/1020/2023, de fecha 06 de junio de 2023,
                                                                                                                                                   dirigido al presidente Municipal, de asunto invitación al curso de capacitación: El ABC de la
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II párrafo segundo de la Constitución        Hacienda Municipal, las faltas Administrativas y Sanciones de los Servidores Públicos
                                        Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16, 17, 18, 19 y 43 de la Ley General de Contabilidad            Municipales y Administración Integral de Riesgos para Municipios.
                                        Gubernamental; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 16
                                        párrafo segundo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 70 Párrafo primero                 Respecto al componente Administración de riesgos; la Entidad Fiscalizable, presentó acta
                                        fracciones I y II, y 71, párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y  de sesión extraordinaria de cabildo, por medio de cual se aprueba el Programa Anual de la
                                        Acceso a la Información Pública; 113 fracción I inciso i) párrafo décimo primero, y 120 párrafo            Administración Pública, de fecha 15 de mayo de 2023; Programa Anual de la Administración
                                        antepenúltimo y penúltimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 4
                                        párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 12 de la Ley de
                                        Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 5 párrafo primero y 15 de la Ley
                                        de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero
                                        fracción IV y 30 párrafo primero fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
                                        Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y IV, 65 y 66 de

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