Page 3 - San José Chiltepec
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/043/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Sobre el Desempeño.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Mediante escrito de fecha 21 de marzo de 2024, recibido con fecha 21 de marzo de 2024 en la
oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de del plazo legalmente concedido en la prórroga antes mencionada, signado por el C. Javier
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de Martínez López, en su carácter de Presidente Municipal, presentó información y
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la documentación misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el cual levantada el día 21 de marzo de 2024.
se contempló al Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca.
Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría Sobre el Desempeño número Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
OA/CPM/043/2024 de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Pública Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
del Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, correspondiente al Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 21 de junio de 2024 a la
ejercicio fiscal 2023. Entidad Fiscalizable por conducto del Javier Martínez López, en su carácter de Presidente
Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec,
La referida Orden de Auditoría fue notificada legalmente el día 28 de febrero de 2024, al C. Oaxaca, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó.
Javier Martínez López, en su carácter de presidente Municipal del H. Ayuntamiento del
Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, cuyo original se dejó en su Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó. de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
notificación del Informe Preliminar de Auditoría, para que presentara ante esta Auditoría
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a la Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información
Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
siguiente a que haya surtido efecto la notificación de la Orden de Auditoría, entregara de formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023, mediante escrito de fecha 10 de julio de 2024, recibido en esa misma fecha en la oficialía de
como consta y se describe en la Orden de Auditoría: OA/CPM/043/2024. partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por el C.
Javier Martínez López, en su carácter de Presidente Municipal, presentó información y
Mediante escrito de fecha 12 de marzo de 2024, recibido en esa misma fecha en la oficialía documentación para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y
de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Entidad recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, misma que se describió
Fiscalizable solicitó una prórroga para dar cumplimiento al requerimiento de información y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el día 10 de julio de 2024.
derivado de la auditoría, misma que fue concedida por la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez,
Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, mediante oficio número
ASFE/OT/0699/2024, de fecha 12 de marzo de 2024.
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