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cuenta pública, y el cumplimiento de los objetivos de los programas presupuestarios las respuestas, así como de la evidencia proporcionada, se determinó que el municipio obtuvo un INFORME FINAL DE AUDITORÍA
a través de las obras y acciones ejecutadas. puntaje de 81.3 sobre un total de 100 puntos asignados, que conforman los valores de los 5
componentes del control interno, acorde al Marco Integrado de Control Interno, establecido por el
8. Se verificó que los expedientes de obra se encuentren integrados de conformidad con Sistema Nacional de Fiscalización; lo que ubica al sistema de control interno del H. Ayuntamiento del
la normatividad aplicable. Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, en un nivel alto, el cual acreditó
proporcionar una seguridad razonable en la consecución de los objetivos institucionales en los
9. Se verificó el cumplimiento de la eficiencia y eficacia de los programas aspectos de operación, de información y de cumplimiento, así como la salvaguarda de los recursos
presupuestarios, a través del cumplimiento de las metas del gasto. públicos y prevención de actos de corrupción, como se detalla a continuación:
DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO COMPONENTES DEL MARCO PUNTAJE PUNTAJE
No. INTEGRADO DE CONTROL ASIGNADO OBTENIDO
Rangos de Calificación Puntaje Nivel del Sistema INTERNO
Desde Hasta Nivel Obtenido de Control Interno
1 AMBIENTE DE CONTROL 20.0 17.3
20.0 20.0
INFORME FINAL DE AUDITORÍA 2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 20.0 20.0
16.0
0 39 BAJO 20.0 8.0
20.0 81.3
3 ACTIVIDADES DE CONTROL 100.0
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 40 69 MEDIO 81.3 ALTO 4 INFORMACIÓN Y
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo COMUNICACIÓN
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II 5 SUPERVISIÓN
párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, 70 100 ALTO TOTALES
XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II incisos a), b) y c), 25, 26, 27, 34,
35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización (…)
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número
1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de Debido a lo anterior, este Resultado: AD-01 permanece sin observaciones.
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y El siguiente Resultado: AD-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría se transcribe a continuación:
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con (…)
los siguientes resultados:
RESULTADO: AD-02 CON OBSERVACIÓN
El siguiente Resultado: AD-01 SIN OBSERVACIÓN fue emitido en el Informe Preliminar de DOCUMENTOS NORMATIVOS BÁSICOS
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por el municipio, se observó
que, no cuenta con todos los documentos administrativos y normativos básicos, los cuales son
necesarios para una buena organización y funcionamiento del mismo, debido a que organizan la
administración pública municipal y rigen el servicio público, como se detalla a continuación:
(…) 1.- No presenta el Manual de organización.
2.- No presenta el Manual de procedimientos.
RESULTADO: AD-01 SIN OBSERVACIÓN 3.- Código de ética, no presenta evidencia de su elaboración y publicación.
4.- No presenta el Código de conducta.
EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO 5.- Bando de policía y gobierno, no presenta evidencia de su aprobación y publicación.
6.- No presenta Reglamento interno municipal.
La Entidad Fiscalizable presentó a requerimiento, el Cuestionario de Control Interno (CCI), de fecha 21
de marzo de 2024, requisitado por el C. Javier Martínez López, en su carácter de Presidente Municipal
del Municipio de San José Chiltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca; y una vez realizado el análisis de
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