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INFORME PRELIMINAR DE AUDITORÍA Ingresos ministrados (Anexo 01)
Concepto
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los Participaciones Importe INFORME FINAL DE AUDITORÍA
artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos Ramo 28 20,280,092.00
primero, segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Aportaciones Ramo General 33 20,280,092.00
59 fracción XXII párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno FAISMUN 86,400,758.39
fracciones I y II, 113 fracción II párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de FORTAMUN-DF 69,367,788.57
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, 4, 5 fracciones III, IV, Total, ministrado 17,032,969.82
V, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVI inciso a), XVII, XVIII, XXX y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo,
7, 9, 12, 16, 17, 18, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 29, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones $106,680,850.39
III, XXII, XXVII, XXXVIII de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del
Estado de Oaxaca; y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Observándose que el municipio no presentó la documentación comprobatoria relativa a los
Reglamento Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y documentación justificativa que comprueben
publicado el 29 de abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de el buen registro contable de los ingresos recibidos, de acuerdo a su Ley de Ingresos y demás
Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con los siguientes resultados: normativas aplicables, requeridas en la Orden de Auditoría: OA/CPM/058/2024 de fecha 20
de febrero de 2024 relativa a los puntos 1, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16 y 17 notificado mediante
El siguiente resultado AF-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo acta circunstanciada el veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro.
que se transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 17 y 58 párrafo primero de la Ley de
(…) Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 55 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 86 fracciones III y V, noveno párrafo de la Ley del Impuesto
“RESULTADO: AF-01 Sobre la Renta; 113 fracción II párrafos antepenúltimo y último de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 12 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 43 fracción XXII párrafo primero, y 68
fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
CON OBSERVACIÓN Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la
siguiente acción:
De la revisión a la documentación presentada por la Secretaría de Finanzas del Poder Solicitud de aclaración:
Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, se comprobó que el H. Ayuntamiento del
Municipio de San Juan Mazatlán, Distrito Mixe, Oaxaca; recibió recursos, así como ajustes 2023-OA/CPM/058/2024-SA-01.
trimestrales correspondientes, en cantidad de $20,280,092.00 (Veinte millones doscientos
ochenta mil noventa y dos pesos 00/100 M.N.), por concepto de Ramo 28, Participaciones a Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Entidades Federativas y Municipios, y $86,400,758.39 (Ochenta y seis millones cuatrocientos Oaxaca, la documentación que compruebe, justifique o aclare conforme a la observación
mil setecientos cincuenta y ocho pesos 39/100 M.N.) por concepto del Ramo General 33 detallada en este resultado.”
Fondo III: Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y del Fondo IV: Fondo de (…)
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal (FORTAMUN-DF); como se detalla a continuación:
La Entidad Fiscalizable exhibió información para atender el resultado antes transcrito,
misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó el oficio original sin número de fecha 13 de septiembre de 2024 en el cual
manifiesta lo siguiente: “… que habiendo revisado de manera exhaustiva e integral
todos los archivos que obran en las dependencias de este H. Ayuntamiento que
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