Page 16 - Santa Cruz Acatepec
P. 16
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera El siguiente Resultado: AF-22 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, transcribe a continuación:
concluyendo como no solventado el resultado: AF-20.
INFORME FINAL DE AUDITORÍA El siguiente Resultado: AF-21 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se (…) CON OBSERVACIÓN
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-22
(…) Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, presentados por el H.
Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas
“RESULTADO: AF-21 CON OBSERVACIÓN en la muestra, respecto a la documentación comprobatoria de las obras, se constató que no presentó
los números generadores de obra, los croquis de ubicación de los trabajos realizados, los reportes
Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, presentados por el Municipio de fotográficos de las estimaciones y las notas de bitácora de las estimaciones, así mismo, presentaron
números generadores, sin embargo, los conceptos están incompletos y carecen de firmas y sellos,
Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al observaciones presentes en dos obras, como se desglosa en el ANEXO DAM-VIF-03.
proceso de ejecución de las obras, se constató que no presentó el oficio de asignación del residente de
obra del municipio, observación presente en una obra que se relaciona a continuación:
NUM. NOMBRE DE LA OBRA NÚMERO DE CONTRATO LOCALIDAD Incumpliendo con lo establecido en los artículos 51 fracción IV y 56 fracción I y penúltimo párrafo de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 60 fracción VIII del Reglamento
CONSTRUCCIÓN DE MURO DE COP-FAISMUN/ de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.
CONTENCIÓN EN EL CALLEJÓN QUE MSA-374/001/2023
OC-2 CONDUCE AL C.E.P.I. JUSTO SIERRA SANTA CRUZ ACATEPEC
CON CLAVE: 20DCC1331B
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
Fuente: Expedientes técnicos presentados por la entidad fiscalizable, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. acción:
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados Solicitud de aclaración:
del Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente 2023-OA/CPM/091/2024-SA-10
acción:
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Solicitud de aclaración: documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
resultado.”
2023-OA/CPM/091/2024-SA-09
(…)
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente a la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este documentación comprobatoria, para atender el resultado antes transcrito, misma que fue
resultado.” analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-03-SOL.
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Incumpliendo con lo establecido en los artículos 51 fracción IV y 56 fracción I y penúltimo
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 60
Respecto al proceso de ejecución, presentó el oficio de asignación del residente responsable fracción VIII del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de
de obra, de la obra observada. Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
como solventado el resultado: AF-21. concluyendo como no solventado el resultado: AF-22.
14