Page 14 - Santa Cruz Acatepec
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Debido a lo anterior, este resultado: AF-16 permanece sin observaciones. suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado: AF-17.
El siguiente Resultado: AF-17 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se El siguiente Resultado: AF-18 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
INFORME FINAL DE AUDITORÍA (…) CON OBSERVACIÓN (…)
“RESULTADO: AF-17 “RESULTADO: AF-18
Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, presentados por el H CON OBSERVACIÓN
Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas
en la muestra, respecto al proceso de planeación / autorización de las obras, se constató que no Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, presentados por el H.
presentó el anexo del oficio de notificación de aprobación y autorización de obras, acciones e Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, de las obras incluidas
inversiones, observación presente en una obra, que se relaciona a continuación: en la muestra, respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que
no presentó el calendario de ejecución de obra, el permiso de construcción, el dictamen de factibilidad,
NUM. NOMBRE DE LA OBRA NÚMERO DE CONTRATO LOCALIDAD el presupuesto de obra, los generadores de obra, la memoria de cálculo, la memoria descriptiva, y las
especificaciones generales y particulares de construcción, observaciones presentes en dos obras,
OC-2 CONSTRUCCIÓN DE MURO DE COP-FAISMUN/ SANTA CRUZ ACATEPEC como se desglosa en el ANEXO DAM-VIF-01.
CONTENCIÓN EN EL CALLEJÓN QUE MSA-374/001/2023
CONDUCE AL C.E.P.I. JUSTO SIERRA CON
CLAVE: 20DCC1331B
Fuente: Expediente técnico presentado por la entidad fiscalizable, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Oaxaca; 8 fracción IX, 118 fracción II, 136, 150, 184, 186 fracción V y 197 de la Ley de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4, 20 primer párrafo y 22 primer párrafo de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 18 fracción III, 20, 22 y 26 de la
Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, y 35, 209 y 263 del Reglamento
de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción: Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Solicitud de aclaración:
Solicitud de aclaración:
2023-OA/CPM/091/2024-SA-05
2023-OA/CPM/091/2024-SA-06
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
resultado.” resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: programación y presupuestación, para atender el resultado antes transcrito, misma que fue
analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-01-SOL.
Respecto al proceso de planeación/autorización de las obras, presentó anexo del oficio de
notificación de aprobación y autorización de obras, acciones e inversiones, de la obra Incumpliendo con lo establecido en el artículo 118 fracción II de la Ley de Ordenamiento
observada. Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
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