Page 7 - Santa Maria Xadani
P. 7
INSTITUCIÓN BANCARIA RAMO Y FONDO NÚMERO DE FIRMAS MANCOMUNADAS Presentó copia certificada de la Gaceta Municipal No. 001 Tomo XXI de fecha 04 de enero de INFORME FINAL DE AUDITORÍA
CUENTA 2024, que contiene la publicación del Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles,
Banco Mercantil del Norte S.A. RAMO 33 Fondo de Aportaciones para correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Institución de Banca Múltiple el fortalecimiento de los Municipios y 1214124218 ÓSCAR SÁNCHEZ GUERRA
de las Demarcaciones Territoriales del JOSÉ JIMÉNEZ LUIS Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
Grupo Financiero Banorte suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
Distrito Federal (FORTAMUN) como atendido el resultado AC-05.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación alguna, El siguiente resultado AC-06 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
respecto a este resultado.” Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
(…) (…)
Debido a lo anterior, este resultado AC-04 permanece sin observaciones. “RESULTADO: AC-06 SIN OBSERVACIÓN
El siguiente resultado AC-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por la Entidad Fiscalizable a
transcribe a continuación: requerimiento de Auditoría, relativa a la Cuenta Pública, Estados Financieros e Informes Trimestrales de
Avance de Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, se determina lo siguiente:
(…)
a) Presentó la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023, debidamente autorizada por
“RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN la Comisión de Hacienda del H. Ayuntamiento Municipal, la cual fue presentada en tiempo y forma
en fecha 28 de febrero de 2024 ante el extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Del análisis realizado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa al Inventario Oaxaca, mediante acuse con folio CP/441/00471/2023 emitido por la plataforma Tecnológica
de bienes muebles e inmuebles autorizado al cierre del ejercicio fiscal 2023, por lo anterior, se identificó Simca Ultra; de igual manera, se comprobó que fue publicada en la página electrónica del
que registró en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles, sin embargo, no demostró que haya Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca de la Secretaría de Finanzas del Estado de
cumplido con la correspondiente publicación del inventario y el catálogo de bienes en el Periódico Oaxaca.
Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal.
b) Presentó los Estados Financieros e Informes de Avance de Gestión Financiera relativos al primer,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; segundo, tercer y cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2023, ante la Auditoría Superior de
y Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Fiscalización del Estado de Oaxaca, a través de los folios números: F/441/00507/2023,
Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de GF/441/00716/2023, GF/441/00716/2023 y GF/441/02118/2023, respectivamente.
los Entes Públicos.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: alguna, respecto a este resultado.”
Solicitud de Recomendación: (…)
2023-OA/CPM/117/2024-SR-02 Debido a lo anterior, este resultado AC-06 permanece sin observaciones.
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, emite recomendación a la Entidad El siguiente resultado AC-07 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
Fiscalizada, para que realice la publicación del inventario y el catálogo de bienes en el Periódico Oficial Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal y presentar la información y documentación que
demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la recomendación promovida.”
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
5