Page 19 - Union Hidalgo
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NÚM. NOMBRE DE LA OBRA LOCALIDAD NÚMERO DE CONTRATO El siguiente Resultado: AF-30 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcribe a continuación:
OC-04 CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO UNIÓN MUH/R33/FAISMUN/557/005/2023
CALLE LEONA VICARIO, AV. HERMENEGILDO GALEANA EN BARRIO HIDALGO
COHETEROS
OC-05 CONSTRUCCIÓN DE RED DE ALCANTARILLADO DEL DRENAJE UNIÓN MUH/R33/FAISMUN/557/006/2023 (…)
PLUVIAL EN EL BARRIO COHETEROS HIDALGO
“RESULTADO: AF-30
CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO UNIÓN CON OBSERVACIÓN
EN LA AV. HÉROES DE NACOZARI DE LA COLONIA PESCADORES HIDALGO
OC-06 MUH/R33/FAISMUN/557/007/2023
OC-07 CONSTRUCCIÓN DE PUENTE VEHICULAR, ALCANTARILLADO, UNIÓN MUH/R33/FAISMUN/557/008/2023 De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
MAMPOSTERÍA EN EL ARROYO SALINITAS HIDALGO del Municipio de Unión Hidalgo, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra,
respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que no presentó
OC-08 CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO UNIÓN MUH/R33/FAISMUN/557/009/2023 el presupuesto de obra, la cédula de información básica y generalidades de la inversión, el calendario
EN LA CALLE FRANCISCO JAVIER MINA, ENTRE LA AV. 16 DE HIDALGO de ejecución, los generadores de obra, los estudios de ingeniería topográficos y los planos del
SEPTIEMBRE Y MATAMOROS DEL BARRIO PALMERO proyecto, observaciones presentes en ocho obras, que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-01
Fuente: Expedientes técnicos presentados por la Entidad Fiscalizable, correspondientes al ejercicio Incumpliendo con lo establecido en los artículos 118 fracción II de la Ley de Ordenamiento Territorial
fiscal 2023. y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; y 18 fracción III, 20, 22 y 26 de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 13 fracción I de la Ley de Disciplina Financiera de las
Entidades Federativas y los Municipios; y 4, 20 primer párrafo, 22 primer párrafo, 26 y 51 fracción IV Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca. acción:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Solicitud de aclaración:
acción:
Solicitud de aclaración: 2023-OA/CPM/146/2024-SA-07.
2023-OA/CPM/146/2024-SA-06. Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la resultado.”
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
resultado.” (…)
(…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: programación y presupuestación para atender el resultado antes transcrito, misma que fue
analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-01-SOL.
Respecto al proceso de planeación / autorización de las obras, presentó el oficio de Incumpliendo con lo establecido en los artículos 118 fracción II de la Ley de Ordenamiento
autorización y/o aprobación y el anexo del oficio de notificación de aprobación y Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; y 22 de la Ley de Obras Públicas y
autorización de obras, acciones e inversiones de las ocho obras observadas. Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
como solventado el Resultado: AF-29. concluyendo como no solventado el Resultado: AF-30.
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