Page 5 - Valerio Trujano
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6. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la presentación de publicada en el Periódico Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha INFORME FINAL DE AUDITORÍA
la Cuenta Pública, de los Estados Financieros y de los Informes Trimestrales de veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7
Avance de Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, y que la información fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del
que la integra se ajuste a la normatividad aplicable. Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con los siguientes
7. Se verificó que la información contenida en el Informe de Gobierno corresponda a resultados:
la que se encuentra registrada en la contabilidad del Municipio.
El siguiente resultado AC-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
8. Se verificó que las partidas presupuestarias ejercidas y registradas, estén se transcribe a continuación:
consideradas en el Presupuesto de Egresos Aprobado.
(…)
9. Se constató que la contratación de obras públicas se haya realizado de acuerdo a
la normatividad aplicable. “RESULTADO: AC-01 CON OBSERVACIÓN
10. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Obras De la revisión a la documentación presentada por la el H. Ayuntamiento del Municipio de Valerio
y que se ajustó a las normas correspondientes. Trujano, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, relativa al requerimiento de auditoría, se constató lo
siguiente:
11. Se verificó que para la asignación de obras por administración directa, el
Ayuntamiento contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y a) Presentó el Plan Municipal de Desarrollo vigente para el ejercicio fiscal 2023, así como el Acta de
elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos. Sesión de Cabildo de fecha 02 de mayo de 2022 mediante la cual fue aprobado por mayoría
calificada, dentro de los primeros seis meses posteriores a la fecha de instalación del
12. Se confirmó si la Entidad Fiscalizable contrató Deuda Pública u Obligaciones a corto Ayuntamiento; validado en la página digital electrónica del Sistema de Planeación y Desarrollo
plazo. (SISPLADE).
INFORME FINAL DE AUDITORÍA b) Así mismo, presentó el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 27 de noviembre de
2022, para la aprobación del proyecto de iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los 2023, siendo aprobada por unanimidad; de igual manera, presentó el Decreto No. 847 de fecha
artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos 01 de febrero de 2023 el cual contiene la Ley de Ingresos del ejercicio 2023, mismo que se
primero, segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; encuentra publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en fecha 25 de febrero de
59 fracción XXII párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones 2023.
I y II, 113 fracción II párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones c) Presentó el Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo para la aprobación del Presupuesto de
III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I inciso Egresos para el ejercicio fiscal 2023 de fecha 10 de diciembre de 2022 y acuse de recepción de
c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Presupuesto de Egresos emitido por la Plataforma Tecnológica SiMCA Ultra del extinto Órgano
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca en fecha 02 de febrero de 2023, con su
mediante Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado correspondiente publicación en la Gaceta Municipal.
de Oaxaca de fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas
d) Con relación a las modificaciones al Presupuesto de Egresos, se constató que presentó un acta
de acuerdo extraordinaria de cabildo de fecha 31 de diciembre de 2023, soportado con pólizas
de compensaciones al Presupuesto aprobado y cédula de Modificaciones Presupuestales; sin
embargo, no acreditó que se encuentren debidamente publicadas en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado o Gaceta Municipal.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 62 párrafo primero, 63 y 65 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 71 párrafo primero fracción I inciso b) y fracción II de la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 129 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca; y 7 párrafo primero fracción IV, 19 y 30 fracción V de la Ley de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.
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