Page 6 - Valerio Trujano
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: constató que se encuentra publicado en la Gaceta Municipal, dispuesta para consulta
abierta en la página oficial del municipio de Valerio Trujano, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca.
Solicitud de Aclaración:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza
2023-OA/CPM/147/2024-SA-01 observación alguna, respecto a este resultado.”
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en (…)
este resultado.”
Debido a lo anterior, este resultado AC-02 permanece sin observaciones.
(…)
El siguiente resultado AC-03 SIN OBSERVACIÓN fue emitido en el Informe Preliminar de
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
(…)
Respecto a la observación realizada de no haber acreditado que las modificaciones
presupuestales se encuentren debidamente publicadas en el Periódico Oficial del “RESULTADO: AC-03 SIN OBSERVACIÓN
Gobierno del Estado o Gaceta Municipal, presentó copias certificadas del Acta de
Acuerdo Extraordinaria de Cabildo para la aprobación de la Gaceta Municipal de fecha De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa al
02 de enero de 2022, y adjuntó evidencia de la publicación de las modificaciones proceso de Entrega-Recepción Municipal, no realizó el proceso de Entrega-Recepción de la
presupuestales del ejercicio 2023 en la Gaceta Municipal, difundida en la página Administración Municipal en el ejercicio fiscal 2023, toda vez que, esta Administración Municipal
electrónica del municipio. De igual manera, presentó el oficio número 018/PMVT/2024 de comprende el periodo del 01 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
fecha 20 de febrero de 2024, mediante el cual se entregaron a la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, las modificaciones presupuestales del ejercicio Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza
antes referido. observación alguna, respecto a este resultado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera (…)
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como solventado el resultado AC-01. Debido a lo anterior, este resultado AC-03 permanece sin observaciones.
El siguiente resultado AC-02 SIN OBSERVACIÓN fue emitido en el Informe Preliminar de El siguiente resultado AC-04 SIN OBSERVACIÓN fue emitido en el Informe Preliminar de
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación: Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
(…) (…)
“RESULTADO: AC-02 SIN OBSERVACIÓN “RESULTADO: AC-04 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por el Municipio, relativo
a los documentos normativos básicos, procesos y normativa, se observa lo siguiente: De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató
que presentó los Contratos y Estados de cuenta bancarios del ejercicio fiscal 2023,
a) En relación al documento normativo básico, denominado Bando de Policía y Gobierno, se correspondientes al Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y Ramo 33
constató que presentó el Acta Extraordinaria de Cabildo para la aprobación del mencionado Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Bando de Policía y Gobierno de fecha 15 de marzo de 2022, cumpliendo con la normatividad Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
aplicable de realizarlo dentro de los 90 días siguientes a la toma de posesión; así mismo, se Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), constatando que
aperturaron cuentas bancarias productivas específicas para cada fondo de manera
mancomunada, y comprobando que fueron registrados los ingresos ministrados por la Secretaría
de Finanzas en cada una de la siguientes cuentas bancarias:
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