Page 11 - San Juan Bautista Valle Nacional
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ejercicio 2023, y que se encuentran debidamente registradas en la “RELACIÓN DE OBRAS EN                             Presentó acuse de oficio número MSJB/2024/PRESI/0120, mediante el cual remitió la Cuenta                                                  INFORME FINAL DE AUDITORÍA
PROCESO Y TERMINADAS” contenida en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal antes                                     Pública ante esta Auditoría, acreditando que las obras mencionadas en el Programa Anual
mencionado, por lo qué, acreditó que la contratación se realizó de acuerdo a lo establecido                         de Obras, fueron ejecutadas y registradas en el reporte denominado “RELACIÓN DE OBRAS
en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca.                                                                  EN PROCESO Y TERMINADAS”, contenida en la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio
                                                                                                                    fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
concluyendo como solventado el resultado AC-09.                                                                     suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                                                                                                    concluyendo como solventado el resultado AC-10.
El siguiente resultado AC-10 fue emitido en el Informe Preliminar de auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                                       El siguiente resultado AC-11 fue emitido en el Informe Preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                    transcribe a continuación:
         (…)
                                                                                                                             (…)
            “RESULTADO: AC-10 CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                “RESULTADO: AC-11 CON OBSERVACIÓN
            De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
            presentó el Programa Anual de Obras del ejercicio 2023, mismo que se encuentra autorizado por                       De la revisión y análisis efectuado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se
            mayoría calificada dentro de los primeros 90 días del ejercicio y reúne los requisitos mínimos                      constató que la Entidad Fiscalizable, no presentó evidencia de la realización de obras públicas bajo la
            establecidos en las normas correspondientes, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado              modalidad de administración directa, en virtud de que, no presentó la Cuenta Pública del ejercicio
            de Oaxaca de fecha 08 de abril de 2023; sin embargo, no acreditó que las obras autorizadas en el                    Fiscal 2023 en la cual se encuentra integrada la Relación de Obras en proceso y terminadas, y se
            Programa Anual de Obras, se encuentren ejecutadas y registradas en el reporte denominado Relación                   identifique la ejecución de dichas obras públicas, por esta razón, no se contó con los elementos
            de Obras en proceso y terminadas integrado en la Cuenta Pública 2023, toda vez que, esta última no                  suficientes para elaborar el dictamen que compruebe si contó con la capacidad técnica,
            fue presentada ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado.                                              administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos relativos a esta
                                                                                                                                modalidad de obras.
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero y 16 de la Ley de Fiscalización
            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 47 de la Ley Orgánica Municipal del Estado                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
            de Oaxaca.                                                                                                          Relacionados con las mismas; 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                                                                                                                Estado de Oaxaca; y 12 párrafo primero y 16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                           Cuentas del Estado de Oaxaca.

            Solicitud de Aclaración:                                                                                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
            2023-OA/CPM/148/2024-SA-09
                                                                                                                                Solicitud de Aclaración:
            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                     2023-OA/CPM/148/2024-SA-10
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
            resultado”.                                                                                                         Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
         (…)                                                                                                                    resultado”.

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                        (…)
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                    La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                    antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                                                                                                                                                                                                                                           9
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