Page 31 - INFORME DE RESULTADOS
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
N/P CLAVE ENTES ESTATALES NO FISCALIZADOS ANTES DEL 2024 INFORME DE RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LAS CUENTAS PÚBLICAS, ESTATAL Y MUNICIPALES 2023
1 516 COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA DEL ESTADO DE OAXACA
2 546 UNIVERSIDAD DE LA SIERRA SUR
3 549 UNIVERSIDAD DEL PAPALOAPAN
4 801 OFICINA DE PENSIONES DEL ESTADO DE OAXACA
Así mismo que, de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas del estado de Oaxaca, la revisión y fiscalización de las cuentas
públicas tiene como objeto:
I. Evaluar los resultados de la Gestión Financiera respecto de:
a) La ejecución de la Ley de Ingresos, para verificar la forma y términos en que los
ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que
los recursos provenientes de financiamientos, empréstitos y otras obligaciones se
contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado;
b) El ejercicio del Presupuesto de Egresos para revisar que los egresos se ejercieron en
los conceptos y partidas autorizadas; incluidos, entre otros aspectos, la ejecución de los
Programas, la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y
demás instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a
largo plazo;
c) El cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del
gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la
contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación,
uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de
recursos materiales, almacenes y demás activos; y,
d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio
y aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos; y que
los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios
públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades Fiscalizables, celebren o realicen,
relacionados con el ejercicio del gasto público no han causado daños o perjuicios,
o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal y/o Municipal o, en su caso, del
patrimonio de las Entidades Fiscalizables.
II. Evaluar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los Programas debiendo:
a) Verificar la eficiencia y eficacia del cumplimiento de sus objetivos;
b) Analizar el cumplimiento de las metas de los indicadores aprobados en el Presupuesto
de Egresos y si dicho cumplimiento tiene relación con el Plan Estatal de Desarrollo y
Programas sectoriales, o con el Plan Municipal de Desarrollo; y,
c) Analizar el cumplimiento de los objetivos de los Programas y las metas de gasto que
promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.
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