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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA OSFE-MO-02-2020
21. Dar trámite a la documentación e información presentada por las entidades
fiscalizadas para atender los resultados finales y observaciones preliminares,
asignándola al auditor que corresponda para su seguimiento.
22. Resguardar la información de carácter reservada o confidencial que en el
ámbito de sus atribuciones obtenga, cuidando que ésta no se incorpore en
los informes que deriven de la revisión y fiscalización información o datos
que tengan esta característica en términos de la legislación aplicable,
misma que sólo podrá ser revelada a la autoridad competente, en términos
de las disposiciones aplicables.
23. Supervisar y llevar a cabo la revisión y análisis de la documentación,
información, justificaciones, aclaraciones, y argumentos que presenten
las entidades fiscalizadas, para la solventación de las observaciones
preliminares, informando a su superior jerárquico el seguimiento realizado.
24. Revisar los papeles de trabajo elaborados por el auditor y que deriven
de la revisión y análisis a la documentación e información presentada
por las entidades fiscalizadas para atender y solventar las observaciones
preliminares.
25. Llevar a cabo y coordinar las visitas, inspecciones y verificaciones que
le instruya su superior jerárquico, apegándose a los procedimientos y
disposiciones aplicables.
26. Realizar y dirigir las visitas domiciliarias a particulares, personas físicas o
morales, para solicitar la exhibición de libros, papeles, contratos, convenios,
nombramientos, dispositivos magnéticos o electrónicos de almacenamiento
de información, documentos y demás archivos indispensables para el
ejercicio de sus funciones, respetando en todo momento los principios
de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, sujetándose
a las leyes respectivas y a las formalidades establecidas para los cateos,
suscribiendo las actas circunstanciadas correspondientes y mantener
informado a su superior jerárquico.
27. Vigilar que el personal comisionado que hubiera intervenido en las visitas,
inspecciones y verificaciones que le instruya su superior jerárquico den
cumplimiento a las actividades que les fueron asignadas, de conformidad
con los procedimientos establecidos y la normatividad aplicable.
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