Page 308 - Manual de Organización 2020
P. 308
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA OSFE-MO-02-2020
19. Coadyuvar en la revisión y análisis de las solicitudes de prorroga y someter
a consideración de su superior jerárquico su otorgamiento.
20. Colaborar en la recepción de la documentación e información que las
entidades fiscalizadas presenten para la atención de los resultados finales
y observaciones preliminares, elaborando las actas circunstanciadas
derivadas de dicha recepción.
21. Dar trámite a la documentación e información presentada por las entidades
fiscalizadas para atender los resultados finales y observaciones preliminares,
asignándola al auditor que corresponda para su seguimiento.
22. Resguardar la información de carácter reservada o confidencial que en el
ámbito de sus atribuciones obtenga, cuidando que esta no se incorpore en
los informes que deriven de la revisión y fiscalización información o datos
que tengan esta característica en términos de la legislación aplicable,
misma que sólo podrá ser revelada a la autoridad competente, en términos
de las disposiciones aplicables.
23. Supervisar y llevar a cabo la revisión y análisis de la documentación,
información, justificaciones, aclaraciones, y argumentos que presenten
las entidades fiscalizadas, para la solventación de las observaciones
preliminares, informando a su superior jerárquico el seguimiento realizado.
24. Revisar los papeles de trabajo elaborados por el auditor y que deriven
de la revisión y análisis a la documentación e información presentada
por las entidades fiscalizadas para atender y solventar las observaciones
preliminares.
25. Llevar a cabo y coordinar las visitas, inspecciones y verificaciones que
le instruya su superior jerárquico, apegándose a los procedimientos y
disposiciones aplicables.
26. Realizar y dirigir las visitas domiciliarias a particulares, personas físicas o
morales, para solicitar la exhibición de libros, papeles, contratos, convenios,
nombramientos, dispositivos magnéticos o electrónicos de almacenamiento
de información, documentos y demás archivos indispensables para el
ejercicio de sus funciones, respetando en todo momento los principios
de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, sujetándose
a las leyes respectivas y a las formalidades establecidas para los cateos,
308