Page 89 - Manual de Organización 2020
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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA  OSFE-MO-02-2020

22.	 Supervisar la verificación de la existencia, procedencia y registro de
     los activos, pasivos y patrimonio de las entidades fiscalizadas, de los
     fideicomisos, fondos y mandatos o cualquier otra figura análoga, conforme
     a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

23.	 Supervisar la evaluación de los sistemas de control interno de las entidades
     fiscalizadas.

24.	 Comprobar la planeación, programación, presupuestación adjudicación,
     ejecución, avance y destino de las obras públicas y de las adquisiciones
     que correspondan a las inversiones físicas realizadas se ajustaron a lo
     establecido en las leyes de la materia; y que las erogaciones correspondientes
     estuvieron debidamente comprobadas y justificadas en los términos de las
     disposiciones legales aplicables, lo anterior congruente con el Plan Estatal
     de Desarrollo.

25.	 Comprobar que las entidades fiscalizadas operan de conformidad con el
     objeto que se les fijo en el instrumento jurídico por el cual fueron creadas,
     a fin de constatar que vigilan y llevan a cabo su gestión de acuerdo a las
     disposiciones legales aplicables.

26.	 Supervisar la verificación de la contratación de servicios diversos,
     inversiones físicas, adquisiciones y arrendamientos, así como el uso,
     destino, afectación y baja de bienes muebles e inmuebles, con la
     finalidad de comprobar que se hayan ejecutado de acuerdo con las
     disposiciones jurídicas aplicables; para el logro de los objetivos y metas
     de los programas aprobados en el Plan Estatal de Desarrollo.

27.	 Determinar si se cumplieron los objetivos de los programas y las metas de
     gasto que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.

28.	 Instruir, previa autorización de su superior jerárquico, visitas domiciliarias,
     para solicitar la exhibición de los libros, papeles, contratos, convenios,
     nombramientos, dispositivos magnéticos o electrónicos de almacenamiento
     de información, documentos y archivos indispensables para la realización
     de sus revisiones, sujetándose a la normatividad y procedimiento legal
     aplicable.

29.	 Solicitar, obtener y cotejar todos los documentos originales necesarios en
     el desarrollo de las auditorias, visitas e inspecciones, además de solicitar
     copia certificada de los mismos.

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