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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
El H. Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam, Oaxaca,
en el proceso de aclaraciones y justificaciones, presentó oficio número 002/AC/2023 de fecha
28 de septiembre del 2023, suscrito por la C. Sofía Velásquez Cortez, Presidenta Municipal del H.
Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam, Oaxaca,
dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; como consta en
acta circunstanciada de fecha 28 de septiembre de 2023, mediante el cual presentó la siguiente
información:
Cumplimiento de obligaciones de registro patrimonial; respecto a la observación relativa
al inciso c) De la revisión al contenido del inventario de bienes muebles al 31 de diciembre
de 2022, se identificó que la información registrada en los apartados Muebles de Oficina
y Estantería; Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información; Vehículos y Equipo
Terrestre; Equipo de Comunicación y Telecomunicación; Herramientas y Maquinas
Herramienta; Otros Equipos; es insuficiente para su plena identificación y control
administrativo, ya que no presentó información relativa a la descripción del tipo de bien
del que se trata, asimismo no registró la marca, modelo y número de serie; presentó original
del oficio sin número de fecha 27 de septiembre de 2023, dirigido a la Titular de la Auditoría
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por la C. Sofía Velásquez Cortez,
Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de
Silacayoápam, Oaxaca, mediante el cual manifiesta lo que a la letra dice:
“… c) …En seguimiento a lo solicitado efectivamente el inventario a la fecha auditada no cuenta con
suficientes elementos para verificar cada uno de los bienes muebles relacionados, considerando que
al ser un ejercicio cerrado el observado ya no es posible la actualización de datos, sin embargo con
fecha 21 de julio del ejercicio 2023 y cumpliendo con el artículo 27 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, en cuanto a la actualización del inventario se han dado de baja algunos de los artículos
mencionados, así como también en el inventario se ha hecho actualización referente a lo recomendado
en el entendido que este se verá actualizado al cierre del tercer trimestre ejercicio 2023…”.
Una vez analizada la argumentación, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
determina que no atendió la observación de dicho inciso.
Respecto a la observación relativa al inciso d) De la verificación a la información de los
bienes muebles contenida en el inventario presentado por el ente fiscalizado, se identificó
que los registros que se muestran en el cuadro, se realizaron de forma colectiva, por lo cual
no es posible identificar el número de bienes registrados, lo que no contribuye a un control
individual de la vida útil y depreciación de cada bien contabilizado; presentó original del oficio
sin número de fecha 27 de septiembre de 2023, dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por la C. Sofía Velásquez Cortez, Presidenta Municipal
del H. Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam,
Oaxaca, mediante el cual manifiesta lo que a la letra dice:
“…d)… Por ser un ejercicio cerrado no es posible actualizar el inventario al final al cierre del año
2022, sin embargo con fecha 21 de julio del ejercicio 2023 y cumpliendo con el artículo 27 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, en cuanto a la actualización del inventario se han dado de
baja algunos de los artículos mencionados, así como también en el inventario se ha hecho actualización
referente a lo recomendado en el entendido que este se verá actualizado al cierre del tercer trimestre
ejercicio 2023.”.
Una vez analizada la argumentación, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
determina que no atendió la observación de dicho inciso.
En relación a las observaciones relativas a los incisos e) De la verificación a la información de
los bienes muebles contenida en el inventario presentado por el ente fiscalizado, se constató
que no clasificó cinco bienes correctamente; y f) De la revisión al contenido del inventario de
bienes inmuebles al 31 de diciembre de 2022 integrado en la Cuenta Pública Municipal, se
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