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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 LEY DE INGRESOS CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
APROBADA 2022
RUBRO DE INGRESO Estado Analítico de Ingresos por concepto
INGRESO
ESTIMADO INGRESO INGRESO INGRESO INGRESO
ESTIMADO MODIFICADO DEVENGADO RECAUDADO
INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTAL $3,802,223.63 $4,367,761.41 $4,448,836.62 $4,524,144.00 $4,524,144.00
Fuente: Ley de Ingresos Aprobada y Estado Analítico de Ingresos por concepto del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 integrado en la Cuenta Pública Municipal del
ejercicio fiscal 2022.
• Del análisis a los rubros de ingreso que integran la Ley de Ingresos Estimada para el
ejercicio fiscal 2022, y al registro del momento contable del ingreso estimado, se comprobó
el registro contable por un importe de $4’367,761.41 (Cuatro millones trescientos
sesenta y siete mil setecientos sesenta y un pesos 41/100 M.N.), que corresponde al
total del ingreso considerado en dicho documento, sin embargo, dicho importe es erróneo,
debido a que el total de los rubros aprobados en la ley de ingresos publicada fue por el
importe de $3’802,223.63 (Tres millones ochocientos dos mil doscientos veintitrés
pesos 63/100 M.N.) el cual no es coincidente con el monto total estimado registrado en
contabilidad, asimismo, a nivel rubro, los montos registrados son erróneos.
• Del estudio a los conceptos que integran la Ley de Ingresos aprobada
para el ejercicio fiscal 2022 en cantidad de $3’802,223.63 (Tres
millones ochocientos dos mil doscientos veintitrés pesos
63/100 M.N.), y al registro del momento contable del ingreso estimado, se observó que
presenta diferencias en el registro contable conforme a los montos aprobados, además que
el total de ingresos estimados en la Ley de Ingresos aprobada y los ingresos estimados
registrados presentaron una diferencia de $565,537.78 (Quinientos sesenta y cinco
mil quinientos treinta y siete pesos 78/100 M.N.), como se precisa en el cuadro que
antecede.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículo
38 párrafo primero fracción II; Acuerdo por el que se emiten los Postulados Básicos de
Contabilidad Gubernamental, Postulado 6) Registro de Integración Presupuestaria; Acuerdo
de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los
Ingresos”, emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable; lo que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 38 párrafo primero fracción II: “El registro de las etapas del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas
contables que, para tal efecto, establezca el consejo, las cuales deberán reflejar:”; II: “En lo relativo al ingreso, el estimado, modificado,
devengado y recaudado.”.
Acuerdo por el que se emiten los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental
Postulado 6) Registro de Integración Presupuestaria: “La información presupuestaria de los entes públicos se integra en la contabilidad
en los mismos términos que se presentan en la ley de Ingresos y en el Decreto del Presupuesto Egresos, de acuerdo a la naturaleza
económica que le corresponda.”; “El registro presupuestario del ingreso y del egreso en los entes públicos se debe reflejar en la contabilidad,
considerando sus efectos patrimoniales y su vinculación con las etapas presupuestarias correspondientes.”.
Acuerdo de las “Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos”, emitidos por el Consejo
Nacional de Armonización Contable.
b) De la revisión y análisis del Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022 y el
Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto
(Capítulo y concepto) del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022, integrado en la Cuenta
Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022, se constató que en los capítulos de gasto reflejaron
el registro contable del presupuesto de egresos aprobado, modificado, devengado y pagado,
conforme a las etapas del presupuesto establecidas para los entes públicos, como se detalla a
continuación:
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