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Ley General de Contabilidad Gubernamental.

           Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
           documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.
           Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
           documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
           lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.
           Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos
           y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y
           devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo”.
           Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,
           identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha
           documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”.

            Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

           Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá
           las disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e
           inmuebles del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará
           un Comité de Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas
           políticas que constituyan el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán
           establecer la aplicación supletoria de la Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca”.

            Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

           Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se
           suscriban con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea
           el caso, contratos, solicitudes, requisiciones...”.

RESULTADO: AF-55 CON OBSERVACIÓN

De la revisión a la sub-subcuenta 52431-4431 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA, se
constató que la entidad fiscalizada afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad $25,866.56 (Veinticinco mil
ochocientos sesenta y seis pesos 56/100 M.N.), mediante transferencia bancaria con afectación a la cuenta
bancaria de número 1174764071 de la Institución Bancaria Banco Mercantil del Norte, S.A correspondientes al
Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas; observando que los registros contables y presupuestarios no
se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa a la autorización correspondiente,
la constancia de recepción y la evidencia de las actividades realizadas; como se muestra a continuación:

        PÓLIZA DE INGRESOS              PÓLIZA DE EGRESO                                                                      BANCO

                                                                         FUENTE DE                            INSTITUCIÓN             No. DE CHEQUE O
                                                                     FINANCIAMIENTO                           BANCARIA Y      TRANSFERENCIA BANCARIA
                                                                                                           NÚM. DE CUENTA
NÚMERO      FECHA   IMPORTE     NÚMERO  FECHA       IMPORTE                                    FECHA                                                       IMPORTE
                                                                                                                                                            25,866.56
003767  18/08/2022  25,866.56   001164  18/08/2022        25,866.56  PARTICIPACIONES           18/08/2022         BANCO       TRANSFERENCIA SPEI CLAVE DE
                                                                          (RAMO 28)                         MERCANTIL DEL                     RASTREO:
                                                                                                           NORTE, S.A., CTA.
                                                                                                                              8846APR1202208181854666972
                                                                                                               1174764071

TOTAL               $25,866.56                      $25,866.56                                                                                             $25,866.56

   FECHA                    NÚM.                 PROVEEDOR           COMPROBANTE                                              CONCEPTO
05/08/2022                              VALERIO ROMERO REYES                          IMPORTE
            b3c3db46-1639-4c6b-ac1e-
                      f35b0f0fab0e                                                                       54 PIEZA BOLSAS CON CREMALLERA MOCHILA ESCOLAR 3D GRANDE
                                                                                      25,866.56

                                                                                                         DIFERENTES FIGURAS

                                                                                      $25,866.56

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