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INFORME DE RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2017 03
MARCO DE REFERENCIA
ANTECEDENTES
Mediante Decreto número 695 emitdo por la Sexagésima Tercera Legislatura Consttucional del
Estado Libre y Soberano de Oaxaca, publicado en el Extra del Periódico Ofcial del Gobierno del Es-
tado de Oaxaca, el día 21 de septembre de 2017, se reforma el artculo 65 BIS de la Consttución
Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, creándose el Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, como la Instancia Técnica del Honorable Congreso, que tene a su cargo la revisión
y fscalización de la cuenta pública y gestón fnanciera de los Poderes del Estado y Municipios, entes
públicos estatales y municipales, organismos públicos autónomos que ejerzan recursos públicos y en
general, cualquier entdad, persona fsica o moral, pública o privada que haya recaudado, administrado,
manejado o ejercido recursos públicos estatales o municipales; extnguiéndose con dicha reforma la
denominada Auditoría Superior del Estado (ASE).
Mediante Decreto número 699 expedido por la citada Legislatura Consttucional, publicado en el
mismo medio de difusión ofcial, en la misma fecha, se publica la Ley de Fiscalización Superior y Ren-
dición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, reglamentaria de los artculos 59 fracciones XXII y XXIII,
y 65 BIS de la Consttución Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, estableciéndose las atri-
buciones del nuevo Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en materia de revisión y
fscalización de la Cuenta Pública y gestón fnanciera.
Con fecha 8 de noviembre de 2017, se instala formalmente el Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, con el nombramiento del Titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca y en ejercicio de su autonomía técnica y de gestón contempladas en los artculos 65 Bis de la
Consttución Polítca del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 2 fracciones III, V y XXVIII, 75 y 83 de la
Ley de Fiscalización Superior y Redición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se emite el Reglamento
Interior del Órgano Superior de Fiscalización, el Acuerdo por el que se expiden los Criterios Relatvos
a la Ejecución de Auditorías, Manual de Organización y Manual General de Procedimientos, docu-
mentos que asignan atribuciones a cada Unidad Administratva dentro del proceso de fscalización.
FISCALIZACIÓN
La Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, establece las
atribuciones en materia de fscalización, incluyendo las que deban realizar para conocer, investgar
y substanciar la comisión de faltas administratvas que se detecten en las funciones de revisión a los
recursos estatales y municipales, es decir, amplía el rango de actuación, permitendo implementar pro-
cesos de trabajo evitando actos de corrupción, asimismo establece nuevos plazos de presentación de
informes en el proceso de fscalización.