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LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD SANITARIA
DEL OSFE
TÍTULO PRIMERO
CONSIDERACIONES GENERALES
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PRIMERO.- Los presentes lineamientos tienen por objeto lograr una
responsable reapertura de las actividades laborales del Órgano Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
SEGUNDO.- El contenido y aplicación del presente documento es de
observancia obligatoria para todos los Servidores Públicos del Órgano
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
TERCERO.- Para efectos de la aplicación e interpretación del presente
documento se entenderá por:
I. COVID-19: Enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV2.
II. La Unidad: Unidad de Administración del Órgano Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca.
III. Lineamientos: Lineamientos de Seguridad Sanitaria del OSFE.
IV. OSFE: Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
V. Servidores Públicos: A los trabajadores del OSFE.
CUARTO.- Será responsabilidad de la Unidad, coordinar la implementación,
seguimiento y supervisión de las medidas sanitarias establecidas en los
presentes lineamientos, previo acuerdo de los superiores jerárquicos de
cada área del OSFE, para asegurar que los Servidores Públicos las cumplan
responsablemente, ya que están encaminadas a una reapertura ordenada,
gradual y cauta, ante la contingencia del COVID-19.
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA