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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 41 fracción II, 74 y 75 párrafo primero de la Ley Estatal de       Solicitud de Aclaración:                                                                                                       INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Planeación; 4 párrafos segundo, tercero y séptimo, 22 fracción I de la Ley Estatal de Presupuesto y                 2023-OA/CPE/16/2024-SA-08
Responsabilidad Hacendaria; 7 inciso a) fracción III, 162 y 186 párrafo segundo del Reglamento de la Ley Estatal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique
                                                                                                                    o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
                                                                                                                    La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para atender
Solicitud de Aclaración:                                                                                            el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:
2023-OA/CPE/16/2024-SA-07
                                                                                                                    Presenta Tarjeta Informativa, Salidas de Almacén y Vale de Salida de Almacén.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación
que justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para                             De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:                                              Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización
                                                                                                                    del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.

Presenta Tarjeta Informativa, Oficio de Autorización, Contrato y acta de entrega.                                   El siguiente resultado AD-19 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                    transcribe a continuación:

De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por                              “RESULTADO: AD-19  SIN OBSERVACIÓN
la Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.                                        De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de los Reportes
                                                                                                                    de Avance de Gestión, se verificó que cumplió con las metas establecidas de los indicadores de gestión, en lo que respecta
El siguiente resultado AD-18 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que                           a la ejecución del Programa 207 Fortalecimiento a la Infraestructura Física Educativa, Subprograma 03 Equipamiento de
se transcribe a continuación:                                                                                       Espacios Educativos en el Nivel Básico, correspondiente al proyecto 017 Programa de Construcción, Equipamiento y
                                                                                                                    Rehabilitación de Infraestructura Educativa del Nivel Básico 2023. Equipo, como se detalla:

“RESULTADO: AD-18  CON OBSERVACIÓN                                                                                  Actividad 001 Equipamiento de Cuatro Aulas en Escuela Primaria "Narciso Mendoza" con Clave Escolar: 20DPR2403R en la
                                                                                                                    Localidad de Monte Grande Municipio de la Heroica Villa de San Blas Atempa, según Reporte de Avance de Gestión, Obtuvo
De la revisión y análisis a la información y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de los  un 100% de cumplimiento de la meta establecida en su indicador de gestión, Porcentaje Correspondiente a 4 Lotes equipados.
Reportes de Avance de Gestión del Programa 207 Fortalecimiento a la Infraestructura Física Educativa,               Del análisis a la información proporcionada, se constató mediante salida de almacén la entrega de los bienes a la Escuela
Subprograma 03 Equipamiento de Espacios Educativos en el Nivel Básico, correspondiente al proyecto 009              beneficiada; concluyéndose que, la Entidad Fiscalizable dio cumplimiento a la meta establecida.
Programa de Construcción, Equipamiento y Rehabilitación de Infraestructura Educativa del Nivel Básico 2023.
Equipo, según Reporte de Avance de Gestión, obtuvo un 100% de cumplimiento de la meta establecida en su             Actividad 002 Equipamiento de Cuatro Aulas en Escuela Primaria "General Lázaro Cárdenas" con Clave Escolar: 20DPB0534V
indicador de gestión, porcentaje correspondiente a 4 Lotes equipados. Del análisis a la información proporcionada,  en la Localidad de Rancho el Llano, Municipio de la Heroica Villa de San Blas Atempa, según Reporte de Avance de Gestión,
no fue posible la verificación de la meta, toda vez que no presentó evidencia de la entrega de los bienes a la      Obtuvo un 100% de cumplimiento de la meta establecida en su indicador de gestión, Porcentaje Correspondiente a 4 Lotes
Escuela Primaria Juana de C. Romero con Clave Escolar: 20DPR1405I; concluyéndose que no acredito el                 equipados. Del análisis a la información proporcionada, se constató mediante salida de almacén la entrega de los bienes a
cumplimiento de la meta reportada como alcanzada.                                                                   la Escuela beneficiada; concluyéndose que, la Entidad Fiscalizable dio cumplimiento a la meta establecida.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 41 fracción II, 74 y 75 párrafo primero de la Ley Estatal de       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación alguna respecto a este
Planeación; 4 párrafos segundo, tercero y séptimo, 22 fracción I de la Ley Estatal de Presupuesto y                 resultado.”
Responsabilidad Hacendaria; 7 inciso a) fracción III, 162 y 186 párrafo segundo del Reglamento de la Ley Estatal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                                        Debido a lo anterior, este resultado permanece sin observación.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:       El siguiente resultado AD-20 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                    transcribe a continuación:

                                                                                                                                                        11
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