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ENTIDAD FISCALIZABLE: Universidad de la Sierra Sur. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPE/17/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Financiera, de Cumplimiento y Sobre el Desempeño.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023,
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de como consta y se describe en la Auditoria Financiera, de Cumplimiento y sobre el Desempeño
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de OA/CPE/17/2024.
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el cual Mediante oficio número UNSIS/VRADMON/125/2024 de fecha 01 de abril de 2024, recibido el
se contempló a la Universidad de la Sierra Sur. día 02 de abril de 2024 en la oficialía de partes de esta Auditoria Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, dentro del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoria, signado
Derivado de lo anterior, se ordenó la Auditoria Financiera, de Cumplimiento y Sobre el Desempeño por el C. Erick Alexis Ochoa Valencia, Vice-Rector de Administración de la Universidad de la
número OA/CPE/17/2024 de fecha 23 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Sierra Sur, presentó información y documentación misma que se describió y recepcionó
Pública Estatal a la Universidad de la Sierra Sur, correspondiente al ejercicio fiscal 2023. mediante el Acta Circunstanciada levantada el mismo día 02 de abril de 2024.
El día 12 de marzo de 2024 se notificó citatorio al C. Erick Alexis Ochoa Valencia, Vice-Rector Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
de Administración de la Universidad de la Sierra Sur, a efecto que le comunicara a la Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
Mtra. María de los Ángeles Peralta Arias, Rectora de la Universidad de la Sierra Sur, se sirviera Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
esperar el día 13 de marzo del año en curso, al personal de la Auditoría Superior de Auditoria, por lo cual el día 07 de octubre de 2024 se notificó citatorio al C. Erick Alexis Ochoa
Fiscalización del Estado de Oaxaca, con la finalidad de realizar la notificación de la orden de Valencia, Vice-Rector de Administración de la Universidad de la Sierra Sur, a efecto que le
auditoría OA/CPE/17/2024. comunicara a la Mtra. María de los Ángeles Peralta Arias, Rectora de la Universidad de la
Sierra Sur, se sirviera esperar el día 08 de octubre del año en curso, al personal de la Auditoría
La referida orden de auditoria con fundamento en los artículos 46 fracción I inciso a) y 47 Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con la finalidad de realizar la notificación del
párrafo tercero de la Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de mismo, el cual fue entregado y notificado legalmente el día 08 de octubre de 2024 a la
Oaxaca, de aplicación supletoria como lo dispone el artículo 9 de la Ley de Fiscalización Mtra. María de los Ángeles Peralta Arias, Rectora de la Universidad de la Sierra Sur por
Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, fue notificada legalmente el día conducto del C. Erick Alexis Ochoa Valencia, Vice-Rector de Administración de la Universidad
13 de marzo de 2024, a la Mtra. María de los Ángeles Peralta Arias, Rectora de la Universidad de la Sierra Sur, como consta en el acta circunstanciada de notificación correspondiente.
de la Sierra Sur, por conducto del C. Erick Alexis Ochoa Valencia, Vice-Rector de
Administración de la Universidad de la Sierra Sur, cuyo original se dejó en su poder, como Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
consta en el acta circunstanciada de notificación que para tal efecto se levantó. de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoria Superior de
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoria, se le solicitó a la Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
entidad fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas formuladas a la Entidad
siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoria, entregara de Fiscalizable en el Informe mencionado.
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoria Superior de Fiscalización del
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