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último párrafo, 160, 162 incisos a), b), c), d) y e) del Reglamento de la Ley Estatal de                              séptimo, 22 fracción I, 57 párrafo primero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 6, 7                    INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;75 fracciones III, IV y VII de la Ley de                                     inciso a) fracciones III y V, inciso b) fracción II, 155 fracción IV, 157, 158 último párrafo, 160, 162 incisos a), b), c), d) y
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; y 5 párrafos primero y                               e) del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;75 fracciones III, IV y VII de la
segundo del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; y 5 párrafos primero y segundo del
                                                                                                                      Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
                                                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
como no solventada la observación.
El siguiente resultado AD-31, fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que                            Solicitud de Aclaración:
se transcribe a continuación:
                                                                                                                      2023-OA/CPE/20/2024-SA-12
“RESULTADO: AD-31 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a los Reportes de Avance de Gestión correspondientes a las actividades del programa 123     Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
"Procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana”, se observó que la meta alcanzada, difiere en un       compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.
porcentaje excesivo con la meta programada y actualizada, mostrando que no existió una reprogramación para la
meta actualizada en el transcurso del ejercicio, además, el link https://www.ieepco.org.mx/gaceta-electoral,          La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
registrado como medio de verificación, no remite a información, por lo tanto, no acreditó los resultados alcanzados,  antes transcrito, como se detalla a continuación:
evidenciando la falta de seguimiento a los indicadores, como se detalla en el ANEXO DAE-AD-02.
                                                                                                                      Documento de atención al resultado en el que manifiesta las aclaraciones respecto a
Medio de verificación / fuente de información: https://www.ieepco.org.mx/gaceta-electoral                             cada una de las actividades observadas, como se detalla:

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 137 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y   Actividad: Ministración oportuna de los recursos asignados a los partidos políticos
Soberano de Oaxaca; 7 fracciones I, V y VI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 40, 41 fracción    acreditados.
II, 70, 74 y 75 párrafo primero de la Ley Estatal de Planeación; 1 párrafos primero y segundo, 4 párrafos segundo y
                                                                                                                      Manifiesta que la meta alcanzada fue de 36 partidos políticos financiados, toda vez que en
                                                                                                                      la integración del Programa Operativo Anual no se consideró la programación de partidos
                                                                                                                      políticos financiados para el ejercicio 2023, mismo que fue autorizado por el acuerdo
                                                                                                                      IEEPCO-CG-01/2023, y que la información se encuentra disponible en el link
                                                                                                                      https://www.ieepco.org.mx/gaceta-electoral.

                                                                                                                      De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
                                                                                                                      Entidad Fiscalizable, ésta resulta insuficiente, toda vez que, no presentó la documentación
                                                                                                                      e información que permita corroborar las metas alcanzadas, así como la falta de
                                                                                                                      reprogramación de las mismas, adicionalmente no muestra evidencia de las acciones de
                                                                                                                      mejora implementadas, como se detalla en el ANEXO DAE-AD-02-SOLV.

                                                                                                                      Incumpliendo con lo establecido en los artículos 137 párrafo segundo de la Constitución
                                                                                                                      Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 7 fracciones I, V y VI de la Ley General de
                                                                                                                      Responsabilidades Administrativas; 40, 41 fracción II, 70, 74 y 75 párrafo primero de la
                                                                                                                      Ley Estatal de Planeación; 1 párrafos primero y segundo, 4 párrafos segundo y séptimo,
                                                                                                                      22 fracción I, 57 párrafo primero de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad

                                                                                                                      31
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