Page 41 - 011 San Pedro Mártir Yucuxaco
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



        PÓLIZA DE DIARIO             PÓLIZA DE EGRESO                                                                BANCO                                 INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



NÚMERO   FECHA     IMPORTE NÚMERO       FECHA             IMPORTE           FUENTE DE    FECHA          INSTITUCIÓN     No. DE CHEQUE O  IMPORTE

                                                                        FINANCIAMIENTO                  BANCARIA Y      TRANSFERENCIA           72,000.00

                                                                                                     NÚM. DE CUENTA

                                                                                                                             BANCARIA       $72,000.00



000959 13/07/2022         72,000.00 000290 13/07/2022     72,000.00     PARTICIPACIONES  13/07/2022      BANCO       CLAVE DE RESTREO

                                                                            (RAMO 28) -               MERCANTIL         8846APR22022

                                                                            RECURSOS                  DEL NORTE         07131803111759

                                                                            FEDERALES                S.A., NÚMERO

                                                                                                      DE CUENTA:

                                                                                                      1174326385



TOTAL              $72,000.00                             $72,000.00                                                  



                                                                     COMPROBANTE



     FECHA                  NÚM.          PROVEEDOR       IMPORTE                                    CONCEPTO

  04/07/2022

                17071FA0-F178-46F4-    I-LAIR NEGOCIOS             72,000.00  SERVICIOS PROFESIONALES POR ASESORÍA CONTABLE CORRESPONDIENTE AL MES DE

               AB33-F99BB6DB2F4F            S.A. DE C.V.                      ENERO A JUNIO 2022.



                                                          $72,000.00  



Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:



         Ley General de Contabilidad Gubernamental



         Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la

         documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”

         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,

         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto

         establezca el consejo.”

         Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y

         comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en

         términos de las disposiciones que emita el consejo.”

         Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y

         controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los

         órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”



         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca



         Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las

         disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles

         del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de

         Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan

         el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la

         Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”



Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, justificar

o aclarar la cantidad de $72,000.00 (Setenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación

que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido el artículo 22 segundo

párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda

la información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la

observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/258/2023 se notificaron el 24 de agosto de 2023,

los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un



plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, en el proceso de

aclaraciones y justificaciones, una vez fenecido el plazo la Entidad Fiscalizable hizo caso omiso sin

que haya presentado documentación justificativa y aclaratoria; por lo cual, esta Auditoria Superior de

Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:



Pliego de Observación.

2022-OA/CPM/011/2023/PO-11

Se le requiere al Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca,

presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación que



                                                                                                                                         39
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