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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

        Artículo 177 fracción I, inciso b) y fracción III, inciso k: “Los bienes y documentación e información que la administración saliente deberá

        entregar a la entrante de manera enunciativa y no limitativa son las siguientes:

        I.- Recursos Humanos.

         b) Plantilla actualizada del personal debidamente autorizada por el Ayuntamiento…

        III.- Recursos Financieros.

        k) La documentación comprobatoria y justificativa del ingreso y del gasto.”



  23.El Ayuntamiento del Municipio de Santa Inés del Monte, Distrito de Zaachila, Oaxaca, no

      presentó el comprobante de pago de los enteros de retenciones por impuesto sobre sueldos y

      salarios efectuados al Servicio de Administración Tributaria.



Incumpliendo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, artículos 26 fracción I y

32-G párrafo primero fracción I y último párrafo; Ley de Fiscalización Superior y Rendición

de Cuentas para el Estado de Oaxaca, artículo 9 párrafo segundo; Ley Orgánica Municipal del

Estado de Oaxaca, artículo 95 fracción XII, que a la letra dice:



        Código Fiscal de la Federación

        Artículo 26 fracción I: “Son responsables solidarios con los contribuyentes:

        I.- Los retenedores y las personas a quienes las leyes”

        Artículo 32-G párrafo primero fracción I y último párrafo: “La Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, y sus Organismos

        Descentralizados, así como los Municipios, tendrán la obligación de presentar ante las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos

        electrónicos que señale el Servicio de Administración, la información relativa a:

        I.- Las personas a las que en el mes inmediato anterior les hubieren efectuado retenciones de impuesto sobre la renta, así como de los

        residentes en el extranjero a los que les hayan efectuado pagos de acuerdo con lo previsto en el Título V de la Ley del Impuesto sobre la

        Renta.

        La información a que se refiere el párrafo anterior se deberá presentar a más tardar el día 17 del mes posterior al que corresponda dicha

        información.”;



        Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca

        Artículo 9 párrafo segundo: “Los servidores públicos de las entidades fiscalizables, así como cualquier persona física o moral, pública o

        privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos estatales o municipales, que

        sean considerados como entidad fiscalizable en términos de la Constitución Local, de esta Ley y de cualquier otra disposición aplicable

        que les otorgue ese carácter, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior para efectos de sus

        auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras

        autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”;



        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

        Artículo 95 fracción XII: “Son atribuciones del Tesorero Municipal:

        XII.- Hacer las retenciones y el entero de los impuestos sobre sueldos y salarios u otros que le impongan las disposiciones vigentes, cuando

        corresponda.”



  24.El Ayuntamiento del Municipio de Santa Inés del Monte, Distrito de Zaachila, Oaxaca, no

      presentó el entero de impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal ante

      la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.



Incumpliendo con lo establecido en la Ley Estatal de Hacienda, artículo 64 párrafo primero; Ley

de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, artículo 9 párrafo

segundo; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 95 fracción XII, que a la letra

dice:



        Ley Estatal de Hacienda

        Artículo 64 párrafo primero: “Son sujetos de este impuesto …Gobiernos … Municipal, …”;



        Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca

        artículo 9 párrafo segundo: “Los servidores públicos de las entidades fiscalizables, así como cualquier persona física o moral, pública o

        privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos estatales o municipales, que

        sean considerados como entidad fiscalizable en términos de la Constitución Local, de esta Ley y de cualquier otra disposición aplicable

        que les otorgue ese carácter, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior para efectos de sus

        auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras

        autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”;



        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

        Artículo 95 fracción XII: “Son atribuciones del Tesorero Municipal:

        XII.- Hacer las retenciones y el entero de los impuestos sobre sueldos y salarios u otros que le impongan las disposiciones vigentes, cuando

        corresponda.”



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