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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:



         Ley General de Contabilidad Gubernamental



         Artículos 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que

         dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”,

         Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos y los

         ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes, conforme al marco

         jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”;



         Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios



         Artículo 8 párrafo primero: “Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la

         correspondiente fuente de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.”;



         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca



         Artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios

         constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar la

         perspectiva de género y la perspectiva de infancia y adolescencia con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los

         programas, proyectos y acciones para la igualdad entre hombres y mujeres, y para garantizar la protección, desarrollo y bienestar de las

         niñas, niños y adolescentes, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a

         nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal”;

         Artículo 128 último párrafo “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este

         artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su aprobación”

         Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno

         del Estado o en la Gaceta Municipal”.



Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

Ayuntamiento del Municipio de Santa María Atzompa, Distrito del Centro, Oaxaca, comprobar,

justificar o aclarar conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del

plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de

Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones

realizadas tendientes a solventar la observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/516/2023 se notificaron el 12 de octubre de 2023,

los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un

plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de Santa María Atzompa, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de

aclaraciones y justificaciones, presentó el oficio número MSMA/PM/237/2023 de fecha 05 de

noviembre de 2023, suscrito por el C. Juan Justino López Torres, Presidente Municipal, dirigido a

la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta

circunstanciada de fecha seis de noviembre de 2023; sin embargo de este resultado no proporcionó

documentación.



En consecuencia, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que

subsiste la observación. Por lo que se emite:



Solicitud de Aclaración.

2022-OA/CPM/015/2023-SA-04

Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Atzompa, Distrito del Centro,

Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la

documentación que compruebe, justifique o aclare, lo relativo a:



En relación al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022, se constató que dicho documento

fue autorizado según Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 10 de enero de 2022, por el

importe total de $107,596,814.00 (Ciento siete millones quinientos noventa y seis mil

ochocientos catorce pesos 00/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado Analítico del

Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto)

del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2022, integrado en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal

2022, se detectó que el ente fiscalizado reflejó un presupuesto modificado por el importe total



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