Page 11 - 004 San Antonio Huitepec
P. 11

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



SOPORTADOS CON LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA Y JUSTIFICATIVA DEL GASTO,                                                                                INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

cómo se detalla a continuación:



        PÓLIZA DE DIARIO           PÓLIZA DE EGRESO                                                 COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET



                                                                      FUENTE DE       CAJA          NÚMERO

                                                                  FINANCIAMIENTO                    DE FOLIO

NÚMERO   FECHA     IMPORTE NÚMERO     FECHA            IMPORTE                                                FECHA PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO

                                                                                                     FISCAL



000766 31/03/2022         13,599.00 000294 31/03/2022  13,599.00     PARTICIPACIONES  13,599.00                    

                                                                          (RAMO 28)



001041 30/04/2022         5,799.00 000383 30/04/2022   5,799.00      PARTICIPACIONES  5,799.00

                                                                          (RAMO 28)



001512 30/06/2022         8,499.00 000541 30/06/2022   8,499.00      PARTICIPACIONES  8,499.00                     

                                                                          (RAMO 28)



TOTAL              $27,897.00                          $27,897.00                     $27,897.00                



Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:



         Código Fiscal de la Federación



         Artículo 29 párrafo primero: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o

         actividades que realicen…”

           Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes

         requisitos…”



         Ley General de Contabilidad Gubernamental



         Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que

         compruebe y justifique los registros que se efectúen”

         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,

         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto

         establezca el consejo.”

         Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos

         y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en

         términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente

         en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios

         bancarios”

         Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y

         controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido.”



         Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria



         Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban

         con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,

         solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios

         relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.



Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

Ayuntamiento del Municipio San Antonio Huitepec Distrito de Zaachila, Oaxaca, comprobar,

justificar o aclarar la cantidad de $27,897.00 (Veintisiete mil ochocientos noventa y siete pesos

00/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del

plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de

Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones

realizadas tendientes a solventar la observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/383/2023, se notificó el día 18 de septiembre de

2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable



en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, en el proceso de

aclaraciones y justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 8 de octubre de 2023, suscrito

por el C. Juan Bautista Santiago Luis, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoría

Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha nueve de octubre de 2023, presentó

la siguiente información:



Respecto a las sub-subcuentas 12413-5150100115 (ISF) NOTEBOOK HP

15-DY2050LA,12413-5150100116, (ISF) IMPRESORA MULTIFUNCIONAL HP COL TANK



                                                                                                                                             9
   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16