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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de                                                    INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones

realizadas tendientes a solventar la observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/277/2023, se notificó el día 29 de agosto de 2023,

los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable en un



plazo de días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de Pochutla, Oaxaca, en el proceso de

aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSBL-131-2023 de fecha 11 de septiembre

del 2023, suscrito por el C. Francisco Gaspar Cortés, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la

Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta circunstanciada

de fecha 20 de septiembre de 2023, presentó la siguiente información:



Respecto a la sub-subcuenta 52431-4431 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE

ENSEÑANZA, por los pagos en cantidad de $10,946.00 (Diez mil pesos novecientos cuarenta y

seis pesos 00/100 M.N.), presentó documentación justificativa del gasto relativa a oficios de



solicitud de la ayuda, oficios de autorización correspondiente, recibos de pago firmados y sellados



por el solicitante, oficios de entrega de uniformes y evidencias del destino de los recursos; por lo



cual atendió los pagos en cantidad de $10,946.00 (Diez mil novecientos cuarenta y seis pesos

00/100 M.N.); como se detalla en el ANEXO DAM-FC-18-SEG-18.



Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que la Entidad

Fiscalizable, atendió la observación.



RESULTADO: AF-28  CON OBSERVACIÓN



El Ayuntamiento del Municipio presentó la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del

Estado de Oaxaca del Programa Anual de Obras y Acciones 2022, y como resultado de la consulta

realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección

electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Programa Anual de

Obras y Acciones 2022 del Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de Pochutla, Oaxaca, se

encuentra publicado el día dieciocho de junio de dos mil veintidós, el cual incumple con la regla

de elaborar los programas de obras dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual,

igualmente se pudo verificar que dicho documento no muestra el número de las mujeres y los

hombres, los grupos de edad y los tipos de localidad beneficiados por cada obra; lo cual denota una

deficiente planeación de las obras previo a su ejecución.



Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:



        Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.



        Artículo 48 fracción I inciso g). - “Los programas anuales de la administración pública municipal y los programas especiales de los

        organismos descentralizados de carácter municipal, serán los documentos básicos para la ejecución de obras, la prestación de los servicios

        públicos a cargo del Ayuntamiento y deberán contener como mínimo los siguientes requisitos:

        I.- De la obra pública:

        g).- El número de las mujeres y los hombres, los grupos de edad y los tipos de localidad beneficiados por cada una de ellas.”

        Artículo 49. - “El Ayuntamiento, dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual, deberá elaborar sus programas de obras y

        servicios, tomando en consideración la participación y consulta popular que se hubieran hecho al Consejo de Desarrollo Social Municipal.

        Estos programas deberán ser aprobados por mayoría calificada, y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la Gaceta

        Municipal o revistas especializadas en temas municipales, y serán enviados al Congreso del Estado para su conocimiento.”



Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

Ayuntamiento del Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de Pochutla, Oaxaca, comprobar,

justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información

y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones

determinadas.



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